A partir de la fecha de caducidad de su permiso de estancia o residencia en España, usted puede permanecer durante un plazo de 90 días posteriores en territorio español o de otro Estado del Espacio Schengen (ya que es el plazo dentro del cual es posible renovar su permiso de estancia).
De este modo, siempre que permanezca dentro del Espacio Schengen y no supere los 90 días posteriores a la fecha de caducidad, podrá circular sin inconvenientes por España y el resto de Estados firmantes del Acuerdo de Schengen.
Por otra parte, en caso de encontrarse en trámite de renovación del permiso de estancia, podrá solicitar una autorización de regreso para poder salir e ingresar nuevamente a España dentro del plazo de 90 días desde la fecha de emisión de la autorización mencionada.
Ahora bien, deberá llevar siempre su tarjeta de estancia o residencia (aunque se encuentre caducada), su resguardo de renovación en trámite (en caso de tenerlo), y su pasaporte en vigor.
Quedamos a su entera disposición.