Herencia de mis abuelos y de mi padre

Explico lo sucedido.

En 2007 falleció mi abuelo dejando prelegado el piso a mi y a mi parte en partes indivisas, la legitima a mi padre y mi tía y como heredera universal a mi abuela y el usufructo a mi abuela. Cuando falleció mi abuelo no se acepto ni se renuncio a la herencia.

Este año por desgracia, ha fallecido mi abuela en septiembre y en su testamento pone lo mismo que en el de mi abuelo. Tampoco ha sido aceptado ni rechazado la herencia.

En Octubre, menos de un mes más tarde, ha fallecido mi padre (hijo de mis abuelos mencionados). En su testamento solo figura que de legitima nos pone a mi y a mi hermano, y como heredera universal a mi madre ( casados en separación de bienes) no hace referencia al piso en ningún momento por que no llego a poder heredarlo.

Son varias preguntas.

Si mi padre a fallecido sin aceptar las correspondientes herencias y teniendo prelegado el piso a partes indivisas conmigo, si yo hago aceptación de herencia de mis abuelo, ¿el piso es totalmente mio ya?

Al no a ver aceptado herencia mi padre, y mi madre estar como heredera universal, ¿de qué es heredera universal? ( No tenían propiedades salvo una parcela de un camping)

¿Puedo aceptar solo la herencia de mis abuelos y renunciar a la de mi padre?

Mi madre no tiene usufructo, ¿puede reclamar ella el piso?

2 respuestas

Respuesta

Las herencias son complejas y deberán ponerse en manos de un abogado que les estudie y ayude con su caso concreto.

Lo primero es estudiar los testamentos, la situación registral y catastral, etc...

Pero como norma general, han de hacer primero la herencia de sus abuelos, usted y su hermano (por sustitución de su padre fallecido) los herederos, pues las herencias son privativas.

Luego, tendrán que estudiar la herencia de su padre, conforme al testamento... Como norma general ustedes los hijos heredan la propiedad y su madre el usufructo de los bienes de su padre...

Si renuncia a la herencia de su padre, al haber otro heredero se mejora al mismo...

En cualquier caso, debe estudiarse el caso completo.

Respuesta

Voy a intentar ayudarte.

En cuanto a a herencia, lo primero que deberías hacer es ir a registro civil para ver si tú abuelo, padre... hubiese dejado testamento.

Seguramente no lo hayan dejado pues es algo muy común, deberás ir al notario con las demás personas emparentadas (ya que ellos también tendrían derechos sobre la herencia) y un testigo (amiga de familiar u otros)

Firmarías en notaría y. Tendrás que esperar 20 días hasta que se otorga la herencia

La aceptación de herencia que incluiría el artículo 27.

Para reclamar una herencia tendrías que empezar por el más cercano (padre), luego abuelo.

Espero haberte podido ser de ayuda. Si tienes alguna duda escríbeme y contesto.

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