Multa de radar . Comunicación identificar el conductor.
Muy agradecido por su atención . Formulo la cuestión . Mi hijo recibió una notificación del Ayuntamiento donde informaba la dirección para recogerla . Esa dirección es de una empresa privada que trabaja para el Ayuntamiento . Pues al ir a recogerla y una vez abierta . Expone número de expediente, matricula y exceder en más de 20 hasta 30 Km/hora el límite de velocidad de la vía . No expone el importe de la multa ni tampoco nada de información del radar . Sólo exigen que identifique al conductor pillado por el radar . Resulta extraño este procedimiento porque lo normal es que envíen la propuesta de sanción, foto del radar y demás información relevante para el conductor . En este caso, no exponen la cuantía de la sanción . Y, debemos presentar o enviar por correos al Ayuntamiento la copia donde pide los datos del conductor o propietario que ese día cometió la infracción. Pregunta el legal y procedente que en vez de notificar la sanción sólo pidan los datos del conductor infractor . Y claro, posteriormente, vuelven a notificar en este caso ya la sanción . No lo entiendo, si en la propuesta de la sanción ya expone aportar los datos de la persona que cometió la infracción . Y este Ayuntamiento, primero envía notificación sólo a los efectos de identificación, sin exponer la cuantía de la multa y demás datos de interés . Es legal dicho procedimiento .