Deuda por tarjeta bancaria - cesión de crédito a terceros
Veo con asombro cómo de una deuda con la que ya tuve una discrepancia importante con el banco y la pensé como solucionada puesto que JAMÁS se me reclamó, han tenido la desfachatez de reactivarla y vender el crédito (es una deuda por tarjeta de 2.200 euros) a una empresa de recobros que pierden el tiempo unas 30 o 40 veces en llamar a mi móvil porque todos sus números están bloqueados.
No he recibido ni permitido recibir notificación alguna por medio alguno.
Una deuda por tarjeta NO está firmada ante fedatario público y entiendo que tiene el mismo valor ejecutivo que un descubierto en cuenta. Insisto en que el banco jamás se puso en contacto conmigo para reclamar nada y mi sorpresa ha venido cuando recibo una carta con un borrador de un monitorio de la mencionada empresa de recobros, amenazándome con enviar el escrito al juzgado de turno.
Por supuesto, en el sobre-amenaza no figura en ninguna parte COPIA de mi contrato firmado en su día por la tarjeta.
Mi pregunta es la siguiente: de presentarse el monitorio, ¿supongo qué será el juzgado el encargado de hacerme llegar alguna notificación? ¿Qué ocurre en el supuesto caso de que no me presente? ¿O de que lo haga negando cualquier tipo de deuda y el justificante de la misma con un contrato firmado por mi y los movimentos de la tarjeta que justifiquen el saldo que se me reclama?
Una carta con un "usted debe tanto, por esta tarjeta", no creo que tenga valor alguno, salvo aportación del contrato y de la justificación del saldo.
En el supuesto caso de que el juez reconozca la deuda, estando en mi situación de parado, con una hipoteca de 80.000 euros y una prestación económica de 426 euros mensuales y sin nada a mi nombre que no sea mi propia casa hipotecada..., hay algo que embargar, ¿o me puedo declarar insolvente o me declararía el juzgado insolvente en cualquier caso?
Reciban un cordial saludo.