Diferencia entre altura útil y altura libre de un local con entreplanta

En un local comercial con una entreplanta en parte de él y que tiene una elevación artificiosa de suelo respecto de la calle de 12 centímetros en todo el local con baldosas de cerámica, y también un falso techo de 7 centímetros en la entreplanta. En el Plan General de Ordenación Urbana de mi ciudad se exige que la altura útil mínima en planta baja de uso residencial es de 2,50 metros, y quisiera saber por favor desde donde se mide esa altura ¿desde la calle ó desde la elevación del suelo ya dentro del local? Y hasta dónde ¿hasta el falso techo o al forjado?

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