Multa radar no se ve letra

Me ha llegado una foto de radar. Os cuento. Es una vw california con portabicis homologado, que deja ver la matricula perfectamente, de frente y en movimiento. Pues me hicieron la foto desde un radar móvil en el arcén en un lateral... Y desde ese angulo si que no se ve la ultima letra. En la foto se ve todo nítido menos la ultima letra que ni siquiera se intuye. Mis dudas son las siguientes.

Mi imagino que probando ultimas letras habrán sacado que es mi coche por que no es un modelo muy común. El caso es que

¿

¿Podría ser recurrible? ¿Basándome en que? Diciendo solo que la ultima letra no se ve no valdrá, ¿defecto de forma o que debería decir?

¿Compensa qué vaya a un abogado? Son 400 euros de multa

1 Respuesta

Respuesta

Intentando responderle le pregunto.. ¿Cómo parece obvio no le pararían mas adelante y le multaron identificandole no?. En principio entiendo dentro de la lógica que no..., y por ello y a mi juicio entiendo que hay un defecto de forma legal por el que puede recurrir " teoricamente con las de ganar ". Cuando le digo teoricamente es como ya sabe, que la DGT y a través de esa oficina de gestión que tienen en la provincia de León siempre intentará no solo ganar, sino poder rascar el bolsillo. La obviedad es que si en la fotografía no sale su matrícula completa y nítida que no pueda dar lugar a confusión, no debiera ser tomada como prueba y sancionarle, no obstante si se comprende por otro lado que teniendo toda ella excepto la última letra... mirando el registro informático y añadiéndole todas las últimas letras.. pues termina por salir su vehículo, modelo.. etc.. ya que para mas remate ese modelo tipo caravana y posiblemente con suplemento en techo pueda ser en esa serie la única.

En base a todo le explico. Tiene la DGT toda la razón en tanto y cuanto tras rastrear el sistema quizás en esa serie numérica y añadiendo la última letra salga un único vehículo y además con portabicicletas incorporado y homologado y este sea el suyo "por no existir otro"... y en cambio en la cuestión del procedimiento, ese defecto que yo considero de forma, le da base a ud para recurrir. ¿Problemas? : Pues que si recurre, le dirán que no.Que si procede después con recurso de alzada le dirán igualmente que no... y esto le llevaría a un contencioso administrativo contra la DGT y necesitaría un letrado ya no que luche... sino que lo gane. Por supuesto, este letrado le cobrará sus honorarios y me imagino que serán superiores a la sanción... y es mas, si la paga en el plazo que le indica la notificación le resultará la mitad, 200 euros.

Por todo y a mi juicio, aún teniendo base para ello, no creo que le compense recurrir. Otra cosa es que ud.quiera darse el gusto de remangarse, claro. Si a la primera se lo aceptaran diríamos que para que se la mandaron a casa, así que mucha suerte habría que tener ya que lo normal podría ser que ellos mismos le arrastraran a tener que llegar a un contencioso con sus gastos... " y gánelo ". Si se arrepintiera a la primera contestación... ya perdería el descuento.

Un cordial saludo.

.

.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas