Cláusula suelo de amortización de hipoteca por cobro póliza de vida

Tengo contratada una hipoteca con Liberbank desde el año 1999, a su vez contratamos un préstamo personal ya que hubo problemas con la tasación, posteriormente se hizo una ampliación de la hipoteca para cancelar el préstamo personal que cubría la diferencia de tasación. En el año 2011, se hace una amortización de préstamo por el seguro de vida al haber fallecido uno de los cónyuges. Estoy reclamando la cláusula suelo que está en el 4,5%, la entidad se ha puesto en contacto conmigo para ofrecerme sólo una bajada del tipo de interés, cosa que no he aceptado, además me ha indicado que del capital que se amortizó con el seguro de vida, no se tendría en cuenta la cláusula suelo, sólo de lo que yo he pagado, ¿es eso cierto?, ¿De qué forma podría calcular el importe de la devolución que me corresponde?, es cierto que existen diversos simuladores en la web, pero no sé cómo aplicar los datos en mi caso.

Respuesta

Si tienes una cláusula suelo y se declara abusiva por un tribunal, el banco tendrá que devolver todo lo cobrado por la aplicación de dicha cláusula, da igual de donde viniese el dinero para pagarlo. Otra cosa es quien es el beneficiario de ese dinero, que entiendo que serían los herederos legales de la persona fallecida, ya que eso es un derecho que formaría parte de la herencia.

Tu caso habría que estudiarlo más a fondo y con documentación, pero lo que he puesto arriba es lo normal.

Por otro lado para calcular correctamente el importe, tendrías que pedir al banco un cuadro de amortización del préstamo desde la fecha de formalización y un histórico de los tipos de interés aplicados. Como hay que realizar la simulación con una amortización anticipada, no conozco ninguna web que lo realice automáticamente, nosotros en el despacho hacemos los cálculos individualmente para cada préstamo.

¡Gracias! Te informo que el beneficiario de la póliza de vida ha sido el banco, el único heredero que existe es mi hijo de 11 años, pero nadie ha recibido nada excepto ellos, era un póliza de amortización de préstamo.

En ese caso, tienen que tener en cuenta todo el capital del préstamo, incluido el que se amortizó con el seguro de vida. Si érais prestatarios los dos, tu mujer y tú, tu hijo como heredero puede reclamar la parte que le correspondería a su madre.

Si no llegas a un acuerdo con el banco, desde mi despacho podemos pasarte un presupuesto por llevar el tema.

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