Aunque hay algunas diferencias entre comunidades autónomas, en vuestro caso no creo que os afecten porque entiendo que su tío, ademas de no tener hijos ni cónyuge tampoco tenía padres, (serían muy ancianos, pero están antes que ustedes y les van a pedir sus certificados de defunción porque no basta con suponer que están muertos, hay que demostrarlo).
Además deben tener en cuenta que si la esposa de su tío murió también sin testamento y sin tener hijos ni padres, igualmente les corresponde la herencia de ella, ya que, en Andalucía, después de los descendientes y ascendientes, hereda el cónyuge.
Esto es así porque como les dije, cuando uno muere queda su herencia, aunque sea insignificante o incluso solo sean deudas y siempre hay alguien que tiene derecho a ella, ya sea por testamento o porque lo dice la ley, y si no hay parientes igualmente es el Estado o la Comunidad Autónoma.
La herencia se compone de todo lo que tenía el muerto, incluidos sus derechos, (por ejemplo a heredar de alguien, o a cobrar de cualquiera que le debiera algo) y sus obligaciones (pagar sus recibos, sus deudas, etc. )
Pues bien, si a su tío le quedara por recibir alguna herencia a la que tuviera derecho, ese derecho estaría incluido en lo que su tío ha dejado. Por el mismo motivo, el primo que falleció después y que, por lo tanto, tenía igual que ustedes derecho a heredar, ha transmitido este derecho a sus herederos.