Colación de donación para evitar tributar

¿Es posible realizar una colación de una donación de cara a no tener que tributar ante Hacienda? Me explico...

Mi padre antes de fallecer repartió una cantidad económica entre sus hijos mediante una transferencia bancaria. Hacienda me ha dicho que debo declararla como una donación a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y que tengo que tributar un 1.5% de lo recibido.

Pienso que si pudiera hacer una colación de esa donación, ésta pasaría a la masa hereditaria y entonces no tendría la consideración de donación "inter vivos", sino de sucesión "mortis causa". Y puesto que en mi Comunidad Autónoma las sucesiones "mortis causa" están exentas hasta un límite máximo, considero que podría heredar esa cantidad económica como si de una sucesión "mortis causa" se tratare sin tener que pagar el 1.5% exigido. Pero no sé si estoy en lo cierto o no.

Agradecería la valoración de algún experto en materia de la fiscalidad de las herencias.

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La donación debe tributar por el Impuesto de Donaciones, no importa si es colacionable o no. Además este impuesto se debe liquidar dentro de un plazo, distinto según comunidades, pero que, tratándose de dinero, suele ser entre uno y seis meses. Si han pasado más de cuatro años desde que acabó ese plazo, el impuesto ha prescrito, pero si no, tendrá un recargo importante.

Gracias por tu respuesta, lo primero de todo.

¿Cómo de probable es que Hacienda tenga, o vaya a tener conocimiento, de que esa donación se ha realizado, teniendo en cuenta que la donación se hizo mediante transferencia bancaria?

Gracias.

De hecho hacienda tiene acceso a todos los movimientos bancarios, y como entre tanta gente hay muchísimos, no suelen mirarlos si no están investigando algo. Además, los bancos comunican todas las cantidades superiores a 10.000 euros, pero también hay un montón todos los días. De todas formas, si hay que pasar una cantidad grande, mejor fraccionar los ingresos.

No le puedo asegurar si se van a fijar o no. Cuanto más grande sea la cantidad, más fácil es que e fijen. Le puedo decir que muchas veces entre familiares muy directos, se hacen este tipo de operaciones sin que sean donaciones porque si uno tiene dinero, lo presta al otro a fin de que no lo tenga que pedir al banco que sale muy caro y hacienda no suele decir nada.

Pero también hay casos en que se fijan. Le puedo comentar el caso de unos conocidos míos, en que el abuelo compró un coche al nieto, un todo terreno que no era barato, cuando se sacó el carnet. El muchacho aún estudiaba y no tenía ingresos; le citaron de Hacienda y le preguntaron de dónde había sacado el dinero y cuando dijo que se lo había dado su abuelo, le sancionaron por no haber declarado la donación. En este caso hubiera sido muy fácil poner el coche a nombre del abuelo, que además todavía conducía, pero ellos nunca pensaron que les iban a salir con eso.

Así que nunca se sabe. En general, si hace muy poco tiempo, tal vez merezca la pena pagar, pero si ya ha pasado mucho y va a prescribir pronto, es poco probable que os digan algo.

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