Puede el canalón de aguas fluviales de un vecino estar enterrado en mi parcela?

He comprado un chalet sobre plano. El chalet es adosado y hace esquina, está retranqueado por lo que no está pared con pared con el vecino, dejando la pared del chalet del vecino visible. Los tejados estan en aguas y recoge el agua un sistema de canalones que termina bajando por la pared del vecino que da a mi parcela y termina enterrándose en mi parcela llegando a algún tipo de desagüe, lo cual me preocupa porque en el futuro podría atascarse, producir inundaciones, etc, en mi parcela . Entiendo que lo lógico sería que el canalón debería bajar por la parcela del vecino y no por la mía aunque sea su pared. Me gustaría saber hasta qué punto puedo solicitar a la promotora que cambien dicho canalón y modifiquen para que baje por su fachada y su parcela.

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Eso es una servidumbre, no conviene consentirla porque da lugar con su previsibilidad a un derecho sobre su propiedad, le conviene actuar y de manera fehaciente al propietario/s con urgencia

Muchas gracias por la respuesta, ¿podría utilizar el artículo 586 del codigo civil para pedir o exigir a la constructora/promotora q cada chalet tenga su propio canalón por dentro de su parcela ya que es totalmente posible? O dependerá de la buena fe para realizar este cambio y tendré que asumir que el canalón de toda la hilera de chalets excepto el mio baje por la pared del vecino y se entierre en mi parcela.

A la constructora como la resultara habitual llegar al juzgado y a usted no, busque donde puede afectarla seguramente el tema evonomico, si tiene alguna cantidad pendiente negocie la entrega o consignación con ello.

Averigüe mediante el administrador si existe compromiso de venta de la casa colindante. Comunique por escrito con firma de recibirlo la situación a todos los implicados administrador, constructora, propietario o persona con compromiso de compra, haciendo un relato de los perjuicios para su propiedad y para usted, los intentos de buena fe que lleva haciendo, aporte imágenes, plano del Catastro dibujando el canalón, las arquetas más próximas y su canalon (observe el resto de las casas, si es un problema de varios propietarios le conviene actuar en grupo), si la casa está comprada con otra persona, redacte el escrito a nombre de todas las personas fusicas o jurídicas que deseen intervenir, incluso si alguno está dispuesto a firmar ese escrito pero luego no está seguro de actuar judicialmente (porque podrá retirarse cuando así lo considere), pero a Usted le conviene sean muchas situaciones irregulares para buscar solución a todas ellas y al mismo tiempo.

Puede uilizar sentencias o doctrinas sobre el alcance del art. 586, 587 y 588 codigo civil

Si no entiende o le resulta complicado remitirse a detalles de los artículos, límites a hacer referencia a ellos y describir los hechos con sus palabras que sea fácil de entender. Para ver otras casas pida permiso para entrar, así conocerá el interés o no de ese propietario

Me está sirviendo un montón toda esta información, lo único que no me queda claro es si es una irregularidad que tienen que subsanar, es ilegal o por lo contrario es legal pero no deberían hacerlo. Muchas gracias por la ayuda.

Las leyes lo clasifican falta o delito. Para reclamarlo le iría mejor que fuera delito, pero estaríamos hablando de dolor mayor para Usted.

Esto que hace la constructora, con la ayuda de la permisividad del funcionario/s de turno intercambian sus derechos a cambio de dinero ya sea para la constructora o para donde termine quedando ese sobre vacío de nombres y a reventar su interior, sin olvidarnos de la responsabilidad del arquitecto, y cuantos firman y entre cierran los ojos para los pequeños detalles y para los grandes incorporan a su epi una pantalla de soldador.

Es claramente ilegal porque todos ellos y unos en más medida que otros roban sus derechos

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