Herencia de viuda con hijo fallecido.

Viuda con tres hijos, uno de ellos falleció hace 10 años el cual tenía un hijo. Posteriormente la viuda adquirió un inmueble hace tres años, en caso de defunción de esta última, ¿al nieto también le pertenece un tercio del inmueble como al resto de los dos hijos?. ¿Puede la viuda desheredar al nieto?

2 Respuestas

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Mi suegro falleció en 2010 en un accidente en 2011 sus padres desheredaron a ese hijo fallecido para que su nieto no le corresponda herencia, en 2013 falleció el abuelo y queda la abuela viva, que le tocaría de herencia al nieto cuando fallezca la abuela.

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Si. El nieto tiene derecho a la parte que hubiera pertenecido a su padre. Si no concurre ninguna de las causas de desheredación, lo único que puede hacer es dejarle exclusivamente la legítima estricta.

gracias por contestar, aunque cuando el inmueble lo haya adquirido la viuda después del fallecimiento de su hijo?

No tiene nada que ver con el hijo fallecido. La ley solo dice que los hijos son herederos y que si han fallecido, les sustituyen sus descendientes.

Y si la viuda hace una donación en vida a los hijos, ¿puede el nieto reclamar algo?

Si. A la hora de contar la herencia hay que computar en ella el valor de las donaciones hechas en vida. De ahí viene precisamente la expresión "traer a colación", que se refiere al hecho de incluir en el recuento las donaciones hechas en vida.

Además, hace unos años, cuando se quería desheredar a un heredero forzoso y para evitar la colación, era frecuente hacer un contrato de compraventa que en realidad ocultaba una donación. Hay mucha jurisprudencia al respecto y ha quedado determinado que quien dice que ha comprado ha de demostrar que realmente pagó un precio justo y si no lo hace, se considera que es una donación.

Actualmente eso ya no se hace porque está prohibido hacer pagos de miles de euros en metálico y por lo tanto no es posible decir que se ha pagado sin tener los comprobantes.

Además, tenga en cuenta que todas las donaciones pagan impuestos ya que no tienen los beneficios fiscales de las herencias y es posible que los impuestos les costaran más dinero de lo que le van a tener que dar a él si solo le deja la legítima estricta.

La ley es muy rigurosa con la desheredación y si no hay una verdadera causa demostrable que la justifique, les será difícil desheredarle.

Muchísimas gracias por contestar, pero es que no sabemos qué hacer dado que no nos parece justo el que alguien herede algo cuando se ha desentendido de todo. ¿sabes si hay alguna fórmula legal para evitar esto? Y si nos hiciera una donación a los hijos?

Todavía no hemos hablado de la comunidad autónoma. Hay legislaciones muy distintas de unas a otras. En Navarra se puede desheredar sin problemas. En Cataluña se puede desheredar a alguien por haber perdido el trato por culpa de él. Pero en la mayoría es muy difícil desheredar. Tal vez no se presente a reclamar la herencia, pero si lo hace, puede ser difícil quitarle la legítima.

Además hay que nombrarle en el testamento, aunque sea para desheredarlo; el hecho de no hacerlo puede ser motivo de impugnación.

Gracias, es en la comunidad Valenciana.

Entonces no hay manera de que la viuda pueda entregar en vida todo lo que posee a sus hijos y así no tener que repartirle nada al nieto?

Puede hacerlo, pero a la hora de contar la herencia hay que sumar el valor de lo que se ha dado.

Podría ser que su nieto no reclamara, pero si lo hace, le darán la razón sin ninguna duda.

Y, como le digo, las herencias de padres a hijos, si no son muy cuantiosas, salen gratis del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, pero las donaciones pagan siempre. O sea, las donaciones les costaran dinero, tal vez casi tanto como lo que le van a tener que dar a él.

A este nieto, le corresponde por legítima estricta, una novena parte de lo que usted deje en herencia.

¡Gracias! 

Perdona de nuevo, si en el testamento figura que al nieto le será adjudicada la legítima estricta y que le será satisfecha en metálico en caso de haberlo e instituye por partes iguales a los dos hijos restantes. , ¿esto quiere decir que a los dos hijos también les lega la parte correspondiente de mejora y de libre disponibilidad? . Indicarte que hay un piso si se valora en 100.000€ le correspondería a la nieta pagarle 11.111€?

Si. Usted le lega la legítima estricta y puede instituir herederos a los dos hijos restantes, o puede especificar que el tercio de mejora y el de libre disposición se los deja a esos dos hijos. Es lo mismo. En la notaría ya le redactarán adecuadamente el testamento.

Es importante decir que le paguen en dinero, para que no tenga participación en las propiedades que pudiera haber, porque las cosas compartidas solo traen problemas.

Efectivamente. Si la herencia vale 100.000, son tres tercios de 33.333 cada uno. Como el tercio es a repartir entre los tres hijos (o descendientes) son 11.111 para cada uno. El resto es a partes iguales entre los otros dos.

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