?Qué hacer si no estoy de acuerdo con la minuta del Notario?
He pagado mi hipoteca al banco. El banco ha ido al notario a otorgar escritura.
El Notario no me cobra según https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1989-28111 ,
Sino que dice que según RDL 18/2012 .
El Servicio de Atencion al Usuario de los Notarios me dicen lo mismo..
.. Y yo no estoy conforme, pues ya hay sentencias del TSJM (STSJ M 3241/2016 - ECLI:ES:TSJM:2016:3241) que dicen que el RDL 18/2012 no es aplicable en casos de consumidores
:-(
1. ¿Cuál es la siguiente instancia?
2. ¿Qué pasa si no pago o pago con retraso al Notario?
3. ¿Vuestra opinión?