Como anular sentencia divorcio mutuo acuerdo

Hace 5 días recibí la sentencia de divorcio por mutuo acuerdo en la cual por querer ser bueno y no hacer sufrir a mi hijo acepte todo lo que mi ex me pidió y su abogada nos aconsejó pero mi sorpresa fue cuando llegó la sentencia en la cual no se metieron bienes para pagar poco los cuales se acordó que ella me los daría y me daría un dinero y resulta que ahora dice que no me dará nada u como esos bienes aun que fueron comprados en matrimonio pero puestos a su nombre ahora no puedo reclamar nada.

Como puedo hacer.

2 respuestas

Respuesta

Su Abogado es quien debe responder a su pregunta, pero si ha cometido el error de que le haya representado el mismo abogad@ que a su ex, eso tiene consecuencias.

Las sentencias no se pueden " anular " como Vd. pretende, ojalá fuera así, y cada vez que una sentencia no nos guste, poder anularla.

Cuando no estamos conformes con una sentencia, ésta se recurre ante la AP ( Audiencia Provincial ) .

Por otra parte y antes de recurrir, si está dentro del plazo legal establecido, lo que puede hacer es solicitar en el mismo Juzgado, " aclaración de Sentencia ".

Saludos cordiales

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Derecho de Familia / Madrid

¡Gracias! El caso es que me fíe de la abogada de ella y de ella y me engañaron por ser bueno y no querer hacele daño ni a ella no a mi hijo ahora me veo en todo lo que e dijeron es mentira y no lo cumple le lo prometido. De soltero aunque viviendo juntos compramos una casa y la restaurados entre los dos con el dinero de los dos y pensando que estaba a nombre de los dos después de 22 años descubro que está a nombre de ella y como esta de soltera no puedo optar a ella. Hay alguna manera de poder tener parte.

Respuesta

Coincido con mi compañero y añado que en los divorcios de mutuo acuerdo el juez o en su caso el secretario judicial aprueban el convenio pactado entre las partes, por lo que la pregunta es: ¿Ha firmado usted un convenio regulador y han aprobado otro distinto?, tenga en cuenta que usted habrá "consentido" dos veces, la primera al firmar y la segunda al ratificar el convenio. Como comprenderá ahora no puede revocarlo, salvo que pudiera acreditar que lo ha ratificado en circunstancias excepcionales (por ejemplo, bajo amenaza, coacción etc...).

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