Tengo una duda fácil sobre herencias

Mi padre sólo tiene deudas, no tiene nada más. ¿Tendré qué heredar sus deudas?

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Usted puede renunciar a la herencia, una vez haya fallecido, ante notario, para no tener que heredar las deudas, pero tampoco hereda los bienes. Y no hacerlo puede suponer en determinados casos, que le reclamen a usted como parte de la herencia yacente.

En cualquier caso, debe ponerse en manos de un abogado que le estudie su caso concreto, pues en determinados casos, puede pasar a sus hijos (si usted los tiene) y tener que renunciar también.

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