Agencia de viajes y comunidad de bienes
Quiero abrir una agencia de viajes con una amiga y nbos han comentado que la mejor opción es hacer una comunidad de bienes. Las dos seríamos autónomas y trabajariamos las dos para la empresa organizando los viajes y como guías, pero tengo un problema, queríamos iniciar la actividad en mayo pero para poder beneficiarme de nuevo de la tarifa plana de autónomos tengo que esperar hasta julio, que es cuando se cumplen 3 años desde que me beneficié de la tarifa anteriormente y me di de baja.
Se me había ocurrido que empezara ella en mayo, solicitando a mi comunidad la licencia de agencia de viajes, y luego en julio me uniera yo, pero al parecer la licencia es intransferible, y al constituír una comunidad de bienes tendríamos un nuevo CIF y no se si entonces mi comunidad autónoma (Asturias) lo tomaría como una transferencia al seguir siendo ella una de las titulares.
No se si sería legal sino constituír la sociedad de bienes igual y trabajar con normalidad al 50% del negocio, al estar la licencia a su nombre.
A ver si por favor alguien me puede ayudar porque no se como solucionar este bache, que pone en peligro todo el proyecto.