Ventajas del crédito entre particulares
Supongamos que dos particulares llegan a un acuerdo para prestarse un dinero. En principio el prestador pones estas condiciones:
Interés del crédito 0%, a devolver en un tiempo no superior a 5 años, y en las cantidades que el prestatario pueda asumir mensualmente. Incluso valdría un único ingreso anual.
Se formalizaría un contrato tipo para éste tipo de caso y se registraría en un notario para que quede registrado para cualquier tipo de contratiempo.
Mi pregunta es, ¿si el prestamo es entre amigos o entre familiares hay alguna diferencia fiscal? ¿Cómo le repercute al prestamista fiscalmente? Si se desea cancelar antes, ¿se podría?