Incumplimiento comprador abandono de la vivienda

En octubre se formalizó un contrato de arras pactando que a pesar de firmar la compraventa y la hipoteca( cosa que se hizo en noviembre) la entrega de la vivienda se haría como máximo el 15 de enero de 2018. Se les dio este plazo porque les tenían que hacer entrega de una vivienda nueva. Días atrás han contactado los antiguos propietarios y actuales moradores de la vivienda adquirida por mi parte, que no se les ha hecho entrega de la nueva vivienda. Mi pregunta es, ¿ahora qué hago? ¿Cómo puedo quedar protegida legalmente tras este plazo? ¿Les hago firmar un documento de nuevo de plazo máximo? ¿Vamos al notario a levantar acta?

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Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que les estudie su caso concreto y le ayude.

Dependerá de lo que usted quiera hacer, si necesita o no la vivienda y de la relación con ellos, incluso de la clausula concreta que tengan en la escritura de compra para la entrega de la posesión.

En muchos casos, se establece una contrato de arrendamiento durante unos meses, para que usted no salga perjudicada y tenga una fecha de finalización clara, aunque en determinados casos, podría llegar a ampliarse hasta 3 años, al menos usted recibiría unos ingresos. Siempre que no necesite para usted la vivienda.

En otros, se firma un acuerdo en el notario, para una fecha concreta de la posesión de la vivienda, a cambio de una compensación...

Y en otros, podría usted presentar procedimiento judicial, pero esto puede salirle más caro y dependerá del juzgado donde caiga el que tarde más o menos tiempo...

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