¿Cuáles son nuestras áreas comunes?

Tenemos un pequeño problema. En la escritura de nuestra urbanización de obras nuevas y división horizontal de 1983 dice que en una parcela de 10.000 m2 llamada finca matriz se han segregado 5 parcelas para cinco edificios que suman 500 m2. Las parcelas tienen el tamaño de la planta de cada edificio, con lo construido se copa el coeficiente de edificabilidad. ¿Es la parcela de 10.000 m2 de la promotora de nuestra zona de copropiedad?. El promotor vendió a otra promotora el resto de la parcela, es decir, 9,500 m2 que incluye servidumbres de paso, jardines, piscina y pista de tenis después de estar registrados en el registro de la propiedad como urbanización y nos dijo que eso se puede hacer porque se hicieron segregaciones de las parcelas de la división horizontal y que esa parcela no nos pertenece en copropiedad. El plano de la urbanización, parece ser que desapareció en notaria, en ayuntamiento y catastro.

Para aclararlo reproduzco lo que pone la escritura:

II Segregaciones :De la finca anteriormente descrita se segregan las parcelas que a continuación se deslindan solicitando al señor registrador de la propiedad, las inscriba en los libros como fincas nuevas e independientes. (Estas son las parcelas donde solo caben los edificios que por cierto están separados entre ellos por bastante distancia)

Luego por ejemplo enuncio uno de los apartados de una de las parcelas:

Parcela de terreno de 45 metros(luego vienen las lindes de esa parcela con el resto de las otras), linda al norte con resto de finca matriz.

DEspués de todo esto un enunciado :

RESTO: Como consecuencia de las segregaciones practicadas la finca matriz queda reducida en la suma total 500 m2 de las fincas segregadas e inalterados sus linderos generales por constituir enclaves de la misma.

Luego

Declaraciones de obras nuevas:

Que la sociedad xxxx construyó a sus expensas sobre las parcelas anteriormente segregadas, las edificaciones que seguidamente se reseñan.

Después de cada descripción de lo construido sobre cada parcela segregada pone:

Sus linderos, tomando el predio en su conjunto son los mismos del solar sobre el que ubica el edificio descrito.

ELEMENTOS COMUNES y regímenes de COPROPIEDAD.

Son elementos comunes de los edificios anteriormente divididos los que enumera el art 396..

Dado que todos los edificios anteriormente descritos forman parte de la urbanización xxxx tendrán derecho a disfrutar de las zonas de accesos y restantes elementos de uso común y jardines de la referida urbanización.

Bueno para mi es claro que la parcela de 10.000 m2 donde se ubica la urbanización son las zonas comunes pero a día de hoy no nos pertenecen por estar vendidas a otra promotora que además ha construido sobre ella aún mas.

El Ayuntamiento nos cambió el coeficiente de edificabilidad 20 años después de estar construidos al doble y nos catalogó como Comercio porque sino la promotora que compró, lo que creo es la parcela de la urbanización, no podía construir al estar ya copado el límite con nuestra urbanización. El ayuntamiento nos dice que el promotor que compró nuestras áreas comunes una vez registrados en el registro de la propiedad como urbanización puede construir sobre la parcela porque ahora es suya.

Necesitamos saber si esta parcela de 10000 es nuestra para poder ejercer acciones legales porque nos dicen que debido a las segregaciones de las 5 parcelas de la división horizontal que suman 500 m2. Eso es lo único que nos pertenece.

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