Terraza en comunidad no constituida
En un edificio antiguo PB+1, sin comunidad constituida. Una terraza en planta piso realizada hace muchos años de forma ilegal y chapucera que anuló un acceso existente de la planta baja a la cubierta plana superior, y que debido a la mala ejecución unido a falta de mantenimiento se ha filtrado agua deteriorando las vigas de madera. ¿A quién corresponde esa reparación?. En caso de ser a los dos propietarios, ¿sólo la sustitución de las vigas o también hacer la terraza entera correctamente, losa armada, impermeabilizacion, soldado?. ¿Si uno de los dos propietarios no está de acuerdo que sucede?. ¿Si decide el propietario del piso reformar esa terraza debe tener la aprobación de la planta baja?
1 respuesta
Respuesta de Juan Carlos Grisolía