Periodo para darse de baja en trabajo.

Sé que para irse de una empresa tienes que dar 15 días, bien, si en el contrato pone que tu jornada es de x horas de lunes a domingo, ¿esos quince días, sería el día 16 en caso de presentar la carta el día 1?. Si el contrato pone de lunes a viernes ¿sería diferente? ¿Sería contando quince días sin sábados y domingos?

Una última pregunta: si teniendo que dar esos 15 días, no los doy ¿hay algún tipo de sanción? ¿Esa sanción sería diferente si das 5 o 10 días (no los 15)?

2 Respuestas

Respuesta
1

Para pedir el finiquito en una empresa hay que preavisar con 15 días naturales, cuando el contrato es indefinido o de larga duración. Pero ese preaviso se puede sustituir por una compensación económica. Si quieres puedes solicitar irte mañana y que te descuenten esos 15 días de la indemnización y/o vacaciones no disfrutadas, que imagino que te corresponderán.

Depende de la relación que tengas con la empresa.

Si entregas la carta el día 1, se supone que a primera hora, ese día cuenta como preaviso, por lo que tu último día sería el 15. No tiene nada que ver con la jornada que estés realizando. Asegúrate de que te firman un acuse de recibo.

Perdona que no te haya contestado antes ... 

Si, me comentas que para el contrato indefinido es de 15 días pero para el contrato por obra y servicio ¿también? ... 

De hecho para ser más generoso, entregándo la carta el día 1 puedo decir que me voy el 16 o 17 y tambien sería valido ¿no?, así no tengo que estar pendiente si a primera hora está o no el personal de RRHH

¿estás seguro que son 15 días semanales y no laborales (de lunes a viernes)?

Gracias.

En general son 15 días naturales para todos los contratos con duración superior a un año. En el caso de obra o servicio, si la obra o servicio se preveía para más de un año también. Pero mi experiencia me dice que es mejor preavisar en todos los casos con esos 15 días.

Te paso un enlace al artículo 53 del estatuto de los trabajadores, que es el que se aplicaría:

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430&tn=1&p=20170513#a49 

Aunque no dice textualmente naturales, tampoco dice laborables por lo que se entiende que son naturales (y se cuentan de lunes a domingo, no de lunes a viernes).

En ese artículo también dice que la empresa podría despedirte de un día para otro compensando con dinero ese preaviso, lo cual se aplica también al revés. Si eres tú el que se va puedes hacerlo de un día para otro teniendo en cuenta que te descontarán los días de preaviso de la liquidación final.

Efectivamente puedes avisar el día 1 e irte el 16 o 17. Les estás avisando en ese caso con más de 15 días. El preaviso se supone que facilita a la empresa tu reemplazo, por lo que esta sería la mejor opción para la empresa, cuanto más preaviso mejor. Como te dije depende de la relación que tengas con la empresa.

Espero haberte ayudado. No dudes en contactar para cualquier aclaración.

Aún no he mirado el enlace que me has pasado. Lo haré.

Lo que me preocupa, es que en dicho artículo según dices no ponga ni naturales ni laborables, ya que lo deja a interpretación, por lo que la empresa puede decir que son 15 días laborables o sea que podrian decir que son tres semanas (si consideramos como laborables solo de lunes a viernes).

Lo que no tengo claro, es lo que se considera laborable, si de lunes a viernes o si por el contrario si tu contrato pone que tu horario de x horas semanales es de lunes a domingo, por el simple hecho de indicar "de lunes a domingo", ya se consideraría como laborable toda la semana, aunque el domingo esté considerado de manera habitual a festivo ... ¿podrias decirme algo al respecto?

Gracias.

Normalmente los días se cuentan:

- Días naturales son todos, de lunes a domingo.

- Días hábiles se cuentan de lunes a sábado.

- Días laborables son de lunes a viernes.

He visto muchas veces esa situación y el preaviso son siempre 15 días naturales.

El horario que figure en el contrato tiene que respetar los horarios que se establecen en la ley.

Te paso un enlace a la web de la guía laboral del Ministerio de Empleo.

http://www.empleo.gob.es/es/Guia/texto/guia_6/contenidos/guia_6_14_1.htm 

Si te han puesto por escrito X horas semanales de lunes a domingo, sin especificar el día y medio de descanso semanal o de tres días cada dos semanas, mi consejo es que verifiques con un abogado la validez del contrato y también si tuvieras derecho a alguna indemnización por haber tenido jornadas de trabajo irregulares.

En la oficina sociolaboral de la subdelegación del gobierno de tu provincia tienes un servicio de información con expertos que suele ser muy bueno y es gratuíto. Puedes hacer también consultas por teléfono.

Creo que estás equivocado (perdona si me equivoco). Te comento soy yo el que se quiere ir, el artículo 53 habla de despidos, o sea cese por parte de la empresa, sin embargo, el enlace que tú me pones es al artículo 49 Extinción del contrato, y ahí en su apartado d indica que puede ser Por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar. Por lo que cede ese dato a cada uno de los convenios colectivos ...  hay convenios en los que se indica laborables por lo que son de lunes a viernes y otros que no ponen nada, por lo que se puede considerar naturales, de lunes a domingo.

Saludos.

Con la poca información que has facilitado no puedo ser más preciso. Necesitaría saber el convenio colectivo al que está suscrita la empresa (en qué provincia) y si hay pactos también.

Trabajo en el departamento de personal de una asesoría de empresas. Manejamos bastantes convenios y no he visto ninguno en el que el preaviso sea de 15 días laborables, aunque como bien dices es posible.

Por eso mi respuesta de 15 días naturales, porque es lo más probable. Los días naturales se cuentan independientemente de la jornada laboral, la cual, sea la que sea, tiene que especificar los descansos semanales. Tampoco he visto nunca un caso de una jornada laboral de lunes a domingo porque no respeta los descansos.

De todas formas te sigo recomendando que acudas a la oficina sociolaboral de la subdelegación del gobierno de tu provincia.

Gracias por contestar.

Pero respondiendo que ese dato lo determina el convenio colectivo de cada sector hubiese valido, ya que es así. No es necesario más información. De todas maneras está bien salir lo que son "días habiles", "dias naturales", "laborables". Yo, por mi experiencia en diferentes tipos de trabajo, he visto contratos, he tenido contratos tanto a nivel "dias naturales", como "dias laborables" a la hora de dar fin a un contrato.

Saludos y gracias.

Respuesta

Soy estudiante de la universidad, para poder pagar mis estudios empecé a llenar encuestas por internet, aquí te dejo el sitio web

http://comoganardineroporinternet.club/trabaja-desde-casa

La verdad no esperaba que fuera realmente bueno. Y que yo pudiera vivir de ello, pero ahora gano a la semana unos 300$us. Esto para mí es muy bueno y solo trabajo 2 horas al día llenando encuestas, si te interesa puedes empezar a trabajar como yo

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas