Días Lactancia y Reducción de jornada

Actualmente trabajo en Mercal Calzados de la ciudad de L'alquería.
Ahora estoy disfrutando del periodo de vacaciones tras haber
terminado el periodo de baja por materniad, luego seguiré con los 15
días de lactancia y tras este periodo cojere la reducción de jornada y
elección del jorario.
Trabajo solo 20h a la semana de Lunes a sábado. 18h a 21h de L-V y de 17 a 21 el Sábado.
Mis dudas son las siguientes:
¿Puedo reducir mi jornada para no trabajar los Sábados? Ya que ese día mi marido trabaja y no tengo con quien dejar a mi hija.
¿Podría solicitar el Sábado libre y de L - V turno de mañana? O bien en su defecto el turno de tarde de 16,30h a 19,30h.
Es decir: reducir mi jornada y acumularla para el Sábado.
Estas son mis condiciones de contrato.
Contrato fijo desde hace 1 año.
Especifica el horario mencionado.
Empresa:
Horario de 10:00 a 13:00 y de 16,30 a 21:00 de Lunes a Viernes
Tengo una compañera que tiene 2 hijos de 3 y 5 años pero que solo
trabaja desde hace un año en la empresa. Ella solo hace turno de
mañana. Aunque aveces también hace de tarde. Y otra compañera a jornada
completa.
Sobre la lactancia no tenia conociemto de ello, hasta que un familiar me lo dijo.
Tras haber informado a la empresa ( la cual me dijo que pensaba que eso no lo sabia ) me dicen que las tengo que coger después de las vacaciones. Pero ellos me cuentan también los domingos. Yo les he dicho que no, que solo se cuentan los días laborables. ¿Esto es correcto?
Un saludo y espero que podáis ayudarme

1 respuesta

Respuesta
1
En principio la reducción de jornada debe ser diaria dentro de la jornada habitual de trabajo. Si podrías elegir un turno fijo, y entrar más tarde o salir antes, pero no podrías dejar de trabajar durante un día.
Lo que te comentaba anteriormente es la forma habitual de reducir la jornada, pero debes tener en cuenta que si lo solicitas y te lo conceden no habría problemas o en caso de negartelo te quedaría la vía judicial, en cuyo caso tendrías que indicar tus circunstancias personales y la importancia del sábado para poder compaginar tu vida familiar con la laboral, y si el juez lo estima oportuno tendrías derecho a este tipo de reducción.
Respecto a la lactancia acumulada debes solicitarla inmediatamente después del permiso de maternidad (junto a las vacaciones pendientes), el número de días será el establecido en convenio colectivo, si tu convenio aun no lo hubiera actualizado el cálculo se realizaría teniendo en cuenta una hora diaria desde el fin de la maternidad hasta que el niñ@ tuviera 9 meses, el número de horas que resultaran habría que transformarlas en días laborables reales, por lo tanto, al trabajar a media jornada el cálculo sería superior a 15 días.
Muchas gracias por la respuesta.
Mi convenio indica que solo dispongo de media hora por día. ¿Esto es Legal?
Mi convenio es el " Convenio Colectivo de comercio del calzado de la provincia de Valencia para los años 2005y 2007 "
Disculpa por tanta pregunta. Acabo de hacer el calculo y me sale lo siguiente.
133 días laborables hasta los 9 meses, esta cantidad dividida en 4 horas diarias son 33 días de permiso, pero si contamos que solo es 30 minutos por día seria la mitat, 16 días, de los cuales la empresa solo me concede 14 días, contando los domingos.
¿Se están burlando de mi? O me lo parece.
Una vez más muchas gracias por su paciencia.
El permiso de lactancia es de una hora diaria o de media hora si se elige entrar más tarde o salir antes, pero para el cálculo de la lactancia acumulada se tiene en cuenta una hora diaria por cada día laborable.
Si por ejemplo tienes 133 días laborables, entre 4 horas diarias = serían 33,25 días de permiso, laborables. Este sería el permiso de lactancia acumulada que te correspondería, aunque se pacta de mutuo acuerdo cuando el convenio no lo establece, si no te dan lo que te corresponde tendrías derecho a exigirlo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas