Seguro de vida y SUPERVIVENCIA de Telefónica de España
¿Puede una empresa que es tomadora de un seguro del cual soy yo el asegurado y mi madre la beneficiaria, cancelar la póliza después de haber yo hecho aportaciones mensuales reflejadas en nómina durante años hasta que la empresa por ley tuvo que aportar ella las cantidades que correspondían?. Por ley en el año 1992 el gobierno de entonces obligó a la empresa a externalizar los Fondos de este Seguro .
Yo pertenecí a esta empresa 18 años y aportaba mi parte del seguro cada mes y la empresa otra parte.
Luego estas aportaciones las declaraba a hacienda puesto que en mi nómina tenía descuentos del IRPF-
Yo me desvinculé de esta empresa de manera voluntaria por un ERE y fue en ese momento cuando me cancelaron la póliza de manera unilateral .
¿No le correspondía a la empresa mantenerme de alta en la póliza de este seguro hasta la edad de jubilación?
Hay muchas lagunas en esta cuestión. Hay quien me dice que si, que me corresponde y los sindicatos me dan largas o alguno directamente me dice que no.
En una ocasión hablé con Recursos humanos de la empresa en mi provincia y me dijeron que no me correspondí nada.
¿Alguien me puede asesorar?