Puedo obtener un arraigo social si durante los 3 años estuve ausente 5 meses

¿Qué pasa si cumplo los tres años para solicitar mi arraigo social pero estuve 5 meses fuera del país? ¿Es decir que vine en noviembre pero me empadrone y luego regrese a mi país y a los 5 meses volví me contarían los 3 años desde noviembre o en abril?

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Teniendo en cuenta que el arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien tengan vínculos familiares en España o estén integrados socialmente.

Es necesario demostrar como minimo 3 años de estancia, con esto se puede reunir documentación que contenga los datos de identificación del solicitante, preferentemente debe haber sido emitida y/o registrada por una Administración Pública española. A título de ejemplo, se tomarán en consideración documentos relativos al empadronamiento, a una hospitalización, a una consulta médica en la sanidad pública, así como cualquier documentación municipal, autonómica o estatal que justifique la presencia en España.

Le recomendamos contacte con nuestros expertos y le podamos colaborar en la solicitud de su autorización de residencia. Si le queda alguna duda, puede realizarnos la consulta en el siguiente enlace:

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