Embarazada de baja por IT y fin/suspensión de contrato

A ver si consigo explicarme bien del todo.

Actualmente estoy embarazada y de baja por it (contingencias comunes/accidente no laboral), el médico de cabecera me dice que seguramente voy a estar de baja hasta el momento de dar a luz, pero mi contrato laboral termina primero. Esto suponiendo que antes de la fecha de fin de contrato mi empresa no me despida primero (es habitual en esta empresa que al trabajador que cause una baja aunque le quede poco tiempo hasta el fin de contrato, le notifiquen un despido disciplinario, aunque después en la conciliación en la Umac la empresa lo reconozca como improcedente) asique en mi situación, por el momento aún no se exactamente que me va a suceder ni como van a actuar, pero las opciones son esas dos.

Entiendo que mientras dure la IT y el contrato laboral es la seguridad social la que seguirá siendo encargada de pagarme, ¿pero una vez que se me termine el contrato seguirá esta haciéndose cargo aunque ya no haya contrato laboral? ¿Tengo derecho después a la baja de maternidad de 16 semanas?.

Hay quien me ha comentado, que al seguir de baja después del fin de contrato y durante la baja maternal, se consume el paro y que la cantidad que te abonan no es la que te estaban abonando hasta ahora durante la IT sino mucho menos, ¿esto es así? (Vamos qué realmente es como si estuviese cobrando la prestación por desempleo)

¿Y qué ocurre sino tengo derecho a prestación por desempleo? Ya que generas derecho a paro después de haber estado un año trabajando y entonces tendrías derecho a 4 meses de paro, pero yo no tendré un año cotizado sino menos,... ¿vamos qué en mi caso no tendría derecho a cobrar la prestación por desempleo entonces que sucede? ¿Una vez finalice mi contrato dejo de cobrar o aunque este mas tiempo de baja que el cotizado se siguen haciendo cargo igual? Y los meses cotizados aunque no lleguen al año, ¿los pierdo?

Respuesta
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En primer lugar, no le veo la lógica a lo que dice que hace su empresa, ya que si la despiden reconociendole la improcedencia la indemnización será mayor a la que tendrían que pagarle si esperan a que finalice el contrato. Por otro lado si la despiden por estar embarazada y demanda a la empresa el despido sería nulo y tendría que readmitirla, en cambio si es por finalización de contrato si podrían hacerlo.

Mientras este de alta en la empresa, aunque este de baja por IT es la empresa la encargada de pagarle según los porcentajes establecidos por la Seg. Social, estos se pueden ver completados hasta el 100% de su salario por convenio colectivo.

Si finaliza su contrato estando de baja, pasará a percibir la prestación directamente del INSS, el tiempo que este de baja por IT se irá consumiendo de una futura prestación por desempleo y el importe sera similar a este, cuando de a luz podrá solicitar la prestación por maternidad por 16 semanas, durante este tiempo no se consume desempleo y el importe será del 100% de la base de cotización que le corresponda. Una vez finalice la maternidad podrá reanudar la prestación de desempleo restante.

En caso de no tener derecho a la prestación por desempleo por tener cotizado menos de 360 días, si le corresponde subsidio, la cuantía del subsidio que estés percibiendo no varía; tampoco su duración.

Le paso un enlace del SEPE que le puede ser de ayuda.

https://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/estoy_cobrando_paro/estoy_en_situacion_de_maternidad.html 

¡Muchísimas Gracias! 

La verdad que yo tampoco entiendo ni le veo lógica ninguna a la forma de actuar de la empresa. Supongo que al estar todos o la mayoría con contratos temporales de relativamente poco tiempo de duración, les da igual reconocer la improcedencia del despido en el caso de que el trabajador afectado decida `ir pa´lante`con los sindicatos y la Umac, ya que hay muchos de ellos que no lo mueven, no lo se la verdad.

En mi caso ayer ya me han comunicado que, evidentemente, cuando llegue el momento de que termine mi contrato no habrá renovación. Por lo tanto en mi caso se ahorran el despido disciplinario/improcedente que imagino será por lo que me has comentado que podría considerarse nulo por estar embarazada. 

De nuevo, muchisimas gracias, todo aclarado!

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