Dado que este procedimiento exige obligatoriamente la intervención de abogado y procurador, que su ex pareja tiene abogada y que hay convenio de por medio, entiendo que esa abogada está actuando en representación no sólo de su ex pareja, sino de ambos. Pues, de lo contrario, el Juzgado le exigiría a usted que nombrara su propio abogado y procurador y no le dejaría actuar en este procedimiento, ya que abogado y procurador es obligatorio por Ley para este caso.
Por tanto, será la abogada de su ex pareja (y de usted, por lo que entiendo en base a lo comentado) quien tendrá que articularlo para que usted pueda firmar sin desplazarse.
Al ser de mutuo acuerdo (o a instancias de uno con el consentimiento del otro), no hay vista de juicio. Ahora bien, es obligatorio que usted, como afectado, ratifique (firme) personalmente ante el Juzgado ese convenio. El poder de un abogado y procurador llega hasta ese momento, para presentar documentos y actuar en nombre del cliente, pero en estos casos es obligatorio que usted acuda y ratifique (firme) ese convenio ante el Juzgado.
Existen mecanismos para hacerlo sin desplazarse desde Alicante hasta Jaén. Piense que, en numerosas ocasiones, las distancias son mucho más largas, incluso entre países. O bien se puede hacer un poder notarial, o bien se puede pedir al Juzgado de Jaén que realice lo que se conoce como "auxilio judicial" para que se le permita a usted firmar en Alicante.
Todo ello es sobre la base de los datos que aporta y en términos generales, tenga usted en cuenta que no conozco su caso más allá de los extremos que usted ha comentado en su consulta.
No obstante, para cuanto necesite, le facilito los datos de contacto de nuestro despacho:
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