Extinción convenio regulador, hija trabajando

Tengo 2 hijos. Al mayor hace ya unos años que no le pago manutención puesto que está trabajando. Mi hija, me he enterado esta semana (tengo su vida laboral emitida por la SS) que lleva 1 año trabajando con un contrato modelo 421 y cobrando 761€.

El caso es que ni mi ex ni mi hija me informaron de esta circunstancia, y yo he seguido pagando durante ese año. Sinceramente, me siento absolutamente estafado. Quería saber si puedo solicitar el dinero que he estado pagando durante este año.

Por otra parte, quiero solicitar la extinción del convenio regulador, alegando que mis dos hijos trabajan y pueden llevar una vida independiente ¿Puedo realizarlo yo mismo llevando al juzgado un escrito con las pruebas? ¿Necesitaría abogado y procurador?. Si es así, ¿Cuánto podría costarme la broma?

Si no me puedo permitir el pagar abogado y demás, ¿Podría sin más dejar de pagar y si quiere que denuncien ellas y yo entonces alegar lo que ha sucedido?

2 respuestas

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En consonancia con algunas opiniones vertidas y respetando pero disconforme con otras, no le puedo recomendar en ningún caso que deje de abonar pensión de alimentos a las bravas. Mientras esté vigente un convenio regulador y sentencia que fije una pensión de alimentos en X euros para X hijos, es una resolución judicial que se ha de respetar. Y actuar a las bravas, es decir, vulnerando una resolución judicial lo único que le van a traer son problemas y quebraderos de cabeza. Es cierto que si se actúa así la otra parte tendrá que reclamárselo, pero es bien fácil:

- En vía civil, pueden reclamarle todos los meses que deje usted de pagar alimentos (aun teniendo razón en el fondo), por medio de ejecución directamente, incrementado en hasta un 30% de intereses y costas. Es decir, que se puede encontrar usted un día con un Auto de ejecución por el que le pueden reclamar unos cuantos meses de pensión más el 30% de costas. Y si bien es cierto que se podría usted oponer a esa ejecución, los motivos de oposición a una ejecución por alimentos son tasados, y los motivos que usted alega no son motivos de oposición a una ejecución por alimentos. Son motivos para solicitar eximirse del pago de dicha pensión, que es diferente. Indicarle además que, al ir por vía ejecutiva, automáticamente pasarían a averiguar y embargar, teniendo en cuenta el hecho de que cuando hablamos de embargos de nóminas o prestaciones por pensión de alimentos, no hay mínimos inembargables. Un desastre.

- En vía penal puede ser incluso peor. El impago de varios meses de pensión de alimentos (según sean impagos consecutivos o aleatorios) está tipificado en el Código Penal.

Por tanto, no puedo sino recomendarle que, con los motivos que se tienen, se inste una demanda de modificación de medidas por la que se pretenda suprimir esa obligación de pasar alimentos, cortando así el problema de raíz y sin dejar que un impulso le pueda suponer mayor problema aún.

El hecho de que no le hayan comunicado que sus hijos estén trabajando desde hace X meses sin duda es un indicio para un Juez de que no se ha actuado precisamente de buena fe y reforzaría nuestras pretensiones.

Esta demanda ha de promoverse por medio de abogado y procurador por Ley. Si bien es cierto que en casos como éste es difícil conseguirse de mutuo acuerdo, no menos cierto es que entiendo que se debería intentar por medio de una comunicación extrajudicial a la otra parte, pues si se consiguiera de mutuo acuerdo ello agilizaría los trámites y los costes respecto a la vía contenciosa.

Con respecto a los honorarios, estos variarían según se encauzara por vía de mutuo acuerdo o contenciosa. Puede contactarnos personalmente en el email [email protected] o en el teléfono 951 71 50 41 y les facilitaremos uno y otro sin compromiso, así como le ampliaremos información si así lo precisa para continuar adelante con su asunto.

Respuesta

Deja de pasar la pensión de alimentos para tu hija, y si acaso tienen algo que reclamar ya te dirán.

Respecto de la devolución de lo ya pagado, muy difícil pero no imposible. Enseña las pruebas a un abogado y que lo estudie a ver si se puede.

Dos preguntas; ¿Cómo es que te han dado a ti la vida laboral de tu hija? A ver si vas a meter en un compromiso a algún funcionario de la TGSS por no cumplir con la protección de datos. ¿Y cómo sabes la cuantía de su sueldo? Ese dato no viene en la vida laboral

Gracias por responder tan rápido. Ya le he enseñado todo a un abogado y me dice que tengo que extinguir el convenio regulador, que necesito abogado y procurador, que unos 2000€, también dice que me olvide de lo que he pagado durante este año. También me dijo que no tenían obligación de informarme de que mi hija estaba trabajando, no entiendo nada

No tengo ningún contacto con mi ex ni con mis hijos. Desde hace muchos años, la madre se encargó de eso, sólo recibía algún mensajito para más dinero. Mi hija dice abiertamente que no me quiere, y la última vez que la vi ya había dejado de llamarme papá, se refería a mí por mi nombre. Me siento como un auténtico estúpido con obligaciones y sin ningún derecho.

Verás huecha, esta semana me encontré en el buzón la vida laboral de mi hija, evidentemente porque ella dio esta dirección. Vivimos en 2 CCAA diferentes y su nº de la SS empieza por el de la mía. Ahí viene desde que empezó a trabajar y lo que cobra, también me mandaron mi vida laboral y figuran esos datos.

El que mi hija haya dado esta dirección, supongo que tiene que ver por un tema de vivienda. Si vive con su madre, lo hace en una del IVIMA y puede que al tener ahora ingresos, ya no les corresponda. PUede que esté viviendo con su novio y sé que el chico también solicitó una VPO. El tema tiene que ir por ahí, el querer defraudar también por ahí.

También me dijo el abogado que tenía que seguir pagando hasta que el juez se pronunciase

2 vías. A la brava dejar de pagar la pensión de alimentos, y que se queje la madre y que ponga la demanda su madre, que si no tiene argumentos porque la hija está trabajando y ganando su dinero no la pondrá.

Por lo legal, solicitando la modificación de medidas, y pidiendo la extinción de la pensión de alimentos. Entre abogado + procurador + IVA = 800 €, y si la otra parte no se conforma y el Juez cita a juicio, 1 € por cada Km desde Zaragoza al Juzgado

[email protected]

Me inclino por hacerlo por las bravas, el problema sería si mi hija se quedase en paro ¿Podría volver a solicitarme la pensión? Porque esto de los padres pagadores y sin derechos parece no tener fin.

¿Podría intentar algún acuerdo firmado por mi hija con validez legal? ¿Podría decirles que sé que están cometiendo un fraude con su vivienda intentando ocultar a la Administración los ingresos de mi hija?

Por cierto, la dirección que mi hija ha dado ni siquiera es propiedad mía, es de mi actual mujer. ¿Podría mi mujer hacer algo al respecto por utilizar su dirección sin su conocimiento ni consentimiento?

Yo veo mala fe por parte de madre e hija en varias cuestiones, aparte de posibles delitos ¿Cómo lo ves tú?

Dices que dejaste de pasar al hijo mayor. ¿También fue a la brava o firmasteis algún documento? Ahora igual. Si te firma algún escrito mejor porque ya puedes acreditar y justificar la razón y motivo por el que has dejado de pasar la pensión de alimentos.

No veo infracción penal en que la correspondencia le llegue a otra dirección. Si está pidiendo una subvención para comprar un piso, otro argumento a tu favor, y le estarán pidiendo toda la documentación antes de concedérsela

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