Estimada Diana Jimenez:
De manera atenta, nos permitimos informarle que en su caso no es recomendable salir de Espa;a hasta tanto no tenga resuelta la solicitud de autorización de residencia por ser familiar de un ciudadano de la Unión.
Es preciso mencionar, que una vez resuelvan su expediente podrá tramitar la conocida Carta autorización de regreso que puede ser solicitada si se encuentra en los siguientes presupuestos:
a) Ser titular de una autorización de residencia o estancia y haber iniciado los trámites de renovación o prórroga de la autorización que le habilita a permanecer en España dentro del plazo legal.
b) Ser titular de tarjeta de identidad de extranjero en vigor y haber presentado solicitud de duplicado de la tarjeta por robo, extravío, destrucción o inutilización.
c) Acreditar que el viaje responde a una situación de necesidad y concurren razones excepcionales y tener resuelta favorablemente la autorización inicial de residencia o estancia y tener en trámite la expedición de la tarjeta de identidad de extranjero.
Desde Tolentino Abogados le podemos colaborar en la solicitud de su Autorización de Regreso una vez este resuelta su solicitud.
Envienos su consulta en el siguiente enlace: http://tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/
Quedamos a su disposición.
Tolentino Abogados