A partir de la fecha de caducidad de su permiso de estancia o residencia en España, usted puede permanecer durante un plazo de 90 días posteriores en territorio español o de otro Estado del Espacio Schengen (ya que es el plazo dentro del cual es posible renovar su permiso de estancia).
De este modo, siempre que permanezca dentro del Espacio Schengen y no supere los 90 días posteriores a la fecha de caducidad, podrá circular sin inconvenientes por España y el resto de Estados firmantes del Acuerdo de Schengen.
Por otra parte, en caso de encontrarse en trámite de renovación del permiso de estancia y quiera viajar después de los 90 días posteriores a la caducidad de su NIE, podrá solicitar una autorización de regreso para poder salir e ingresar nuevamente a España dentro del plazo de 90 días desde la fecha de emisión de la autorización mencionada.
Para más información puede consultar el siguiente enlace:
http://tolentinoabogados.com/index.php/es/autorizacion-de-regreso
Ahora bien, deberá llevar siempre su tarjeta de estancia o residencia (aunque se encuentre caducada), su resguardo de renovación en trámite (en caso de tenerlo), y su pasaporte en vigor.
Quedamos a su entera disposición.
estoy en la misma situación, pero a mi en la comisaria de aluche me indicaron que debo pedir autorización a cada uno de los consulados de los países que iré, (Alemania, Francia, Italia, etc) ya que la autorización de regreso a España no es válida para circular por los países Schange, y que los 90 días son para estar en España. - Angelica Pinchao
¿De qué sirven este tipo de respuestas? Mucho titulo de abogado pero no responden lo que están solicitando. El comentario de Angélica es el único útil. - Pablo Castro Gonzalez