Cuota autónomo Administrador SL en la Renta

He sido administrador de una SL durante el año 2017 como socio mayoritario y he tenido nómina como socio trabajador.

En la renta el importe de esta nómina me lo meten en rendimientos del trabajo, pero no sé donde meter el pago de la cuota de autónomo Ya que no he estado de alta en Hacienda en ninguna actividad, sólo en seguridad social a efectos administrador único de una sociedad limitada.

¿Tengo qué incluir esta información? ¿En que apartado /casilla?

Respuesta

Lo primero que hay que diferenciar es si la nomina que ha tenido es por haber sido administrador o ha sido por trabajo realizado dentro de la sociedad al margen de la Administración de la misma. Si resulta que el régimen de autónomos es obligatorio para ejercer el trabajo por ser socio mayoritario, las cuotas satisfechas a la seguridad social en ese régimen deben incluirse en los rendimientos del trabajo como gastos deducibles de seguridad social, al igual que se incluirían en el régimen general la parte que corresponde al trabajador. Claro que eso siempre que sea el trabajador, en este caso el socio, el que pague esas cuotas. Si la sociedad las paga, se deberían declarar como rendimientos en especie también, ademas de como gastos deducibles del trabajador, siempre que en la nomina se especifique tanto el rendimiento en especie como la deducción de la cantidad correspondiente.

En todo caso, si las cuotas se satisfacen por no poder estar en régimen general para realizar el trabajo, se deben incluir el el apartado de gastos deducibles de los rendimientos del trabajo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas