Anular Seguro decesos y reclamar la prima pagada

A mí hermana Mapfre le hizo un seguro de decesos y pago una única prima de 6000€

Ahora necesita el dinero y le dicen que no se puede anular el seguro.

¿Es esto cierto?

3 respuestas

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Un seguro de decesos, a prima única, es un seguro por el cual paga de golpe los gastos de sepelio.

No entiendo porque le tienen que devolver nada. No es un plan de ahorro.

El motivo es que los gastos de sepelio están valorados entre 2000 y 3000 €, por lo que entiendo que es un abuso cobrar 6000€, quizá me explique mal no es devolución, es anulación lo que pediría y por lo tanto el reintegro de la prima.

Si ha pasado el periodo de desisitimento (unos 15 días) no tiene derecho a devolución.

Si le diré, que lo que yo he visto no suele haber tanta diferencia, y que está pagando algo que no sabe cuando va a suceder, ni el coste que tendrá entonces. Si los servicios funerarios no sufren ningún aumento de coste, dentro de 20 años tendrá pagado ese mismo servicio y a lo mejor se aproxima mas a esos 6.000 euros.

Otra cosa es que dice que "Mapfre le hizo un seguro de decesos", hombre me imagino que su hermana aceptaría las condiciones.

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Como ya le comenta el compañero, el seguro de decesos no es un plan de ahorro, ese dinero es para el día que se produzca el siniestro cubrir el sepelio, no ha lugar a devolución alguna

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Lamento que necesite ahora el dinero porque es una cantidad considerable pero si han transcurrido 14 días desde la compra que es el plazo de desistimiento legalmente el servicio ya está contratado y no se puede deshacer.

Si está en plazo, queda el recurso de anular el pago si se ha realizado por cuenta corriente pero se ha de tener claro que equivale a devolver un recibo que está correctamente presentado al cobro, no obstante en caso de fuerza mayor yo lo haría.

Para poder hacer lo que quiere, sus motivos deberían coincidir con las circunstancias que motivan la cancelación del contrato y la devolución parcial de prima correspondiente que en un caso habría que estimar. Puede consultar estas causas en el apartado de las condiciones generales que trata precisamente de esto.

La simple necesidad del dinero no es una de estas causas, ya que prevalece el compromiso adquirido por contrato.

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