I. Hola Compañero, no estoy informado pero creo que en varias comunidades de España como País Vasco y Andalucía, tenemos que acudir a la Delegación territorial de Educación para exponer en caso.
Deberías obtener una respuesta en unos diez días. Esto puede ser un problema en el sentido de que quizás os pidan un motivo, que en caso de no tratarse de un cambio de domicilio puede significar un impedimento..
Si lo deseas dinos en que comunidad comunidad autónoma vive tu novia, o si prefieres, aguarda a que un experto con más conocimientos responda.
En esta respuesta de una compañera podemos ver más detalles, mucho ánimo.
**Es un derecho constitucional recogido en el Artículo 27 que los padres o tutores de los alumnos elijan centro educativo.
Es cierto que ese derecho se ejerce a través de el procedimiento que regula cada comunidad autónoma, con carácter anual, en lo que se denomina procedimiento ordinario de admisión a centros educativos. Sin embargo, si las condiciones lo aconsejan, puede desarrollarse a través de un procedimiento extraordinario de admisión, consistente en cambiar al alumno de centro en mitad del curso educativo, teniendo en cuenta situaciones de carácter especial, entre ellas el cambio de residencia. Lo que ocurre en tu caso, es que la normativa suele excluir aquellos cambios de residencia que se llevan a cabo dentro del mismo distrito, pues se considera que al estar en el mismo distrito, el nuevo domicilio no estará lejos del centro educativo al que asiste el alumno.
Pero en muchas ocasiones esto no es cierto, y por ponerte un ejemplo, en Madrid capital sucede que hay distritos muy grandes y que dependiendo de dónde vivas, desplazarte al otro lado del mismo distrito puede conllevar una notable inversión de tiempo.
Dependiendo de la Comunidad en la que residas, el procedimiento extraordinario de admisión de alumnos se lleva a cabo con unas premisas determinadas, que pueden variar de unas regiones a otras. No obstante tienes que tener en cuenta que el director del centro anterior NO TIENE NINGUNA POTESTAD para decidir si el alumno se queda en el centro o no. Por ello, debes solicitarle que emita un certificado de traslado (debe emitirlo, independientemente que quieras matricular a tu hijo en el colegio de enfrente o a 500 kilómetros) y con ese certificado puedes ir al centro educativo en el que desees matricular a tu hijo, o bien a la Comisión de Escolarización de tu zona, donde estudiarán tu caso y te darán las posibles opciones.**