Responsabilidad civil local pueblo alquilado

Somos una peña de un pueblo y tenemos alquilado un pequeño local. Ahora el local ha cambiado de dueño y el dueño actual quiere que firmemos el contrato en el que expone que la Responsabilidad civil del local es nuestra. De momento no se ha firmado nada, porque no sabemos que hacer, ya que por lo que conocemos, la responsabilidad civil suele ser del dueño de la propiedad. Mi pregunta es. Nosotros no estamos constituidos como asociación, no tenemos nif/cif, somos un grupo que se reúne para las fiestas en ese local y ya está. ¿Nosotros podemos hacer un seguro de responsabilidad civil como grupo o debe hacerlo una persona en nombre de todo el grupo? Gracias. Sonia

3 respuestas

Respuesta

Si no tenéis constituida asociación ni nada, el seguro de responsabilidad civil debería ir a nombre de la misma persona que conste en el contrato de alquiler, ya que legalmente será la responsable. Es muy aconsejable que lo hagáis, y no es caro.

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La Responsabilidad Civil Inmobiliaria le pertenece al propietario de inmueble. Lo que os puede pedir es que contratéis una Responsabilidad Civil Locativa, que serviría para cubrir los daños que vosotros le causéis al local (se cubre Inundación e Incendio normalmente) y la Responsabilidad Civil que se pueda derivar de la actividad que desarrolléis, pero la RC Inmobiliaria lo normal sería que la contrate el propietario.

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Como dicen los compañeros, además un seguro de un local no suele ser caro para contratar solo la responsabilidad civil locativa. Date cuenta que si causáis un incendio, vosotros al local, se os pueden exigir responsabilidades. Imagino que habrá un contrato de alquiler... pues esa persona sería la que debería hacer el seguro.

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