Estimada Vanesa: De manera atenta, nos permitimos informarle que usted puede obtener residencia legal por otro vía, la cual es conocida como autorización de residencia por circunstancias excepcionales - arraigo social, por haber permanecido más de 3 años en España. Es preciso mencionar, que la tarjeta de 5 años al estar caducada no podría renovarla, salvo que, conserve el parentesco y se encuentra a cargo de su familiar comunitario (en caso que su tarjeta sea tarjeta de residencia de familiar comunitario). Si desea mayor información al respecto nos puede ampliar su consulta en el siguiente enlace: http://tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/ Cordial saludo, Tolentino Abogados