Bono social eléctrico denegado por no vivir la unidad familiar en el mismo domicilio
Mis padres están casados pero cada uno está empadronado en un domicilio diferente. Mi madre ha solicitado el bono social para la vivienda en la que está censada y de la que es titular del contrato de electricidad. Como unidad familiar, cumplen con el nivel de renta para obtener el 25% de descuento. Sin embargo, la compañía (Gas Natural Fenosa) deniega el bono social alegando que todos los miembros de la unidad familiar tienen que estar censados en la misma vivienda.
He leído el Real Decreto 897/2017 y no encuentro nada al respecto. Que yo sepa, la unidad familiar solo se tiene en cuenta para calcular el nivel de renta. En principio, no hay ningún requisito que obligue a que los dos cónyuges estén empadronados en la misma vivienda, basta con que lo esté el titular del contrato. No sé si se tratará de una artimaña de la compañía para no dar el bono social o si, por el contrario, tienen razón.
Puede que alguien conteste que una solución es que se empadronasen ambos en la misma vivienda (que también es lo que propone la compañía), pero esto lo descartamos ya que por motivos médicos preferimos no cambiar de domicilio.
Si alguien puede arrojar algo de luz sobre este aspecto concreto (o si hay base legal que apoye lo que dice Gas Natural)