La Pensión No Contributiva de Invalidez es incompatible con las Pensiones Asistenciales (PAS) y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos, así como con la condición de causante de la Asignación Familiar por Hijo a Cargo con Discapacidad.
El derecho a PNC de Invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo, si bien dicho ejercicio podrá influir en la cantidad a percibir por la pensión, siempre se aplicará el límite de rentas, por tanto, la actividad laboral no podrá superar la suma entre el límite de ingresos y la cuantía de la pensión no contributiva.
De la misma manera, podría ser compatible con las prestaciones que SUSTITUYEN A LAS RENTAS DEL TRABAJO, lo que ocurre es que dada la limitación de las rentas de las PNC, en ningún caso lo sería con la pensión contributiva de incapacidad o de jubilación, puesto que si se carece de recursos se complementará por mínimos y se sobrepasará la limitación de la cuantía de las pensiones no contributivas.
Por otro lado la pensión de orfandad se recibe en los siguientes supuestos:
- Cuando sean menores de 21 años.
- Cuando se encuentren INCAPACITADOS para el trabajo.
- Cuando sean mayores de 21 años, pero, menores de 25 años, y no desarrollen actividades laborales por las que obtengan ingresos superiores al 100% del SMI en cómputo anual.
- Cuando tengan reconocida una discapacidad en un grado igual o superior al 33%, y NO DESARROLLEN ACTIVIDADES LABORALES por las que obtengan ingresos superiores al 100% del SMI en cómputo anual.
En consecuencia pueden ser en principio compatibles pero dados los límites de rentas tanto de las PNC como de las de orfandad es bastante improbable