Consulta sobre cesión paso vivienda para colocar andamios colgantes
En la sección de "Asuntos Legales de Comunidad de Propietarios" he planteado el comentario sobre la obligatoriedad que pudiéramos tener los ocho propietarios de las viviendas de las entreplantas de una finca comunitaria respecto a facilitar paso de personal y material a través de nuestras viviendas al objeto de montar un andamio colgante que sería basado en la azotea transitable para proceder al pintado e impermeabilizado de las paredes de cuatro patios de luces de una finca de seis alturas.
Mi consulta en esta sección de Arquitectura y Albañilería, es ampliar mi conocimiento al respecto pidiendo criterio de algún profesional que le aclare si se hace necesariamente preciso el ceder el paso por las viviendas de entreplantas a personal y material, al objeto de contribuir al montaje de esos andamios suspendidos, teniendo entendido que la totalidad de los componentes del mismo, pudieran ser articulados y montados directamente desde la azotea plana y transitable, de manera sencilla y segura, sin tener que discurrir ni personal ni material por las viviendas de las entreplantas.
La finca dispone de ascensor y puerta de acceso a la planta de la azotea y por el contrario la mayoría de los propietarios de las entreplantas son de avanzada edad, en muchos casos con discapacidades y otros tantos vecinos no residen habitualmente en la finca, por lo que sería muy dificultoso el tratar de acceder a los patios de luces a través de sus domicilios, aún cuando legalmente tuvieran la obligación de ceder el paso para la ejecución de los trabajos.
Agradecido de antemano, dejo planteada mi consulta por si algún experto pudiera aclarármela.