Entrada y salida de España con juicio penal pendiente / probation

Soy abogada en Argentina y vengo con esta pregunta dado que un amigo español, residiendo en España fue recientemente detenido.

Los hechos que se imputan son tráfico de drogas (tenencia de 96 gr de hachís dispuestos en bellotas, 800 euros y una tijera), y conducción temeraria (huyó 400mts con las luces apagadas marcha atrás hasta que se estrelló).

En su declaración admitió que es consumidor diario de hachís y cannabis (era una compra para 2/ 3 semanas). Respecto a la conducción temeraria, fue en total estado de intoxicación por hash (no inducido a los fines de conducir así)

Por casos análogos, tal vez no proceda una condena de prisión efectiva, pero tiene un viaje planeado a otro continente a final de diciembre por 2 semanas y es lo que más le preocupa, ya que es un viajero frecuente.

He aquí la consulta: cuáles son las condiciones de salida del país estando transitando un proceso, ¿o con probation o para el caso que se ordene rehabilitación?

Solo quedan 3 meses para su viaje. A su abogado le manifestaron respecto al viaje y no dijo nada, y otra abogada le dijo que es imposible.

Desde mi perspectiva, la prohibición de salida del país debe surgir de la condena, para el caso de la probation. Y, mientras se halle transitando el proceso (está en libertad), se mantiene el principio de inocencia por lo que no debería existir tal prohibición.

Por supuesto se tomarían los recaudos necesarios a fines que el Juzgado sepa que se hará el viaje, fechas, estadías y cumplimentación de otra medida o caución que se solicite.

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Su amigo tiene que hacer exactamente lo que le hayan dicho de forma explícita y con todas las letras en el capítulo de medidas cautelares (caso de haberlo), que fue dictado por el Juez de Instrucción tras tomarle declaración por estos hechos. Si en el Auto pone que se le retira el pasaporte y que no puede viajar, es que no puede. Si pone que tiene que ir a firmar los días 1 y 15 de cada mes, eso es lo que tiene que hacer. Y si el juez no impone ninguna medida de aseguramiento del imputado, que es lo más probable en este caso, puede viajar y hacer lo que le de la gana, sin necesidad de informar a nadie ni complicarse con normas que no le han impuesto. Tiene dos delitos (uno contra la salud pública y otro contra la seguridad en el tráfico) que se resolverán mediante negociación el día del juicio con el fiscal, sin necesidad de celebrar. El concepto de "probatio" (en latín) está presente en nuestra praxis. No el mas anglosajón probation. Que te envíe una foto del Auto de medidas cautelares, si lo hay, y podrás evaluar el contenido y alcance de la resolución judicial.

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