¿Qué ocurre si te pillan conduciendo con carnet retirado por allcoholemia?

Hace 2 meses me retiraron durante 8 meses el carnet por haber dado positivo en alcoholemia (0.68) Fui a un juicio rapido y me pusieron 1000 euros y 8 meses sin carnet. No tenia antecedentes antes de esto.

Por mi trabajo se me hace casi indispensable coger el coche, no lo estoy cogiendo pero me gustaría saber cual es la sancion en caso de que te paren conduciendo con el carnet retirado por dichas causas.

Quiero saber que ocurre en la practica no en la teoria, en casos similares. Por que según la teoría por superar 0,60 vas a la cárcel y esto en el 95% de casos no es así.

¿Supondría otra multa? ¿Cuantía de la multa?

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Conducir sin licencia es una infracción de tráfico y un delito la pena de este delito es la de prisión de tres a seis meses o bien la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

A lo mejor le interesa leer esto:

CONDUCIR SIN PUNTOS

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La noticia que indica Pedro Abogado puede inducir a error... Existe una instrucción de trafico 12/C-105 por la cual en caso de que no se haya notificado la resolución de la perdida de permiso de conducir al interesado, la misma no podrá constituir en ningún caso infracción penal pero si administrativa. En su caso es distinto... esto se aplica por ejemplo si me han ido quitando puntos hasta el punto que pierdo todos ellos y aún teniendo el saldo a 0 puntos trafico no me ha notificado que he perdido mi permiso de conducir.

En su caso tuvo un juicio o se conformo antes de entrar con la pena que arriba refiere, lo cual cambia las cosas. Ya no estaría en una infracción administrativa, estaría quebrantando condena e incurriría en un delito en todo caso (Quebrantaría lo que ha dictado un juzgado y eso ya no es administrativo es penal).

Piénselo bien... además si le cogen sin duda alguna ya no van a ser 8 meses van a ser muchos mas y la situación se le puede complicar.

A usted se le aplicaría el articulo 384 del código penal:

La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción".

Ya, pero me refiero en casos similares, que es lo más común que ocurra, ¿de cuánto la multa o cuantos meses más de retirada?

Eso no te lo va a contestar nadie... cada juzgado es un mundo y dependen del día que tenga su señoría, lo que si te digo es que de momento te vas a ir detenido o te van a imputar el 384 del CP.

Piensa también que ya no serán tan buenos como cuando llegaste a una conformidad en el juzgado, ahora serás reincídete y el juez lo tendrá en cuenta.

Le recomiendo que no conduzca ...

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