Silencio administrativo positivo: Residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE
El pasado 4 de julio he solicitado la residencia de familiar -ascendiente a cargo- de ciudadano de la UE para mis padres. Ayer 02/10/18 se cumplían exactamente 90 días -continuos- desde la solicitud y aún no ha llegado respuesta a casa sobre ninguno de los dos expedientes.
Se presentaron documentos que prueban que han vivido en el pais de origen -Venezuela- gracias a los envíos de dinero realizados mediante casas de cambio y banco oficiales y, a mi parecer, el resto de requisitos solicitados.
Mi pregunta es la siguiente:
Habiendo pasado los 90 días desde la solicitud se considera silencio administrativo positivo o, por el contrario, ¿negativo? ¿Es cierto que podría solicitar un certificado acreditativo de silencio administrativo aprobando la solicitud?
Por otro lado, ¿los 90 días son continuos o laborables?