En una herencia el viudo en gananciales le corresponde el 50% del valor de la vivienda siempre, aunque tenga más de 87 años? Y

El viudo tiene 88 años de edad, y según el documento de aceptación de la herencia, por gananciales, le corresponde el 50% del valor el piso, ¿es así siempre? O es como le han dicho a él, ¿qué sólo le toca el 10 del usufructo sobre ese piso?, y del resto de la herencia, por otro piso en privativo de la esposa fallecida., también tendrá derecho por el usufructo. ¿El puede testar a favor de una de sus dos hijas por el 100% de su mitad en gananciales? ¿Es eso legal?

Respuesta
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Si hay un bien (piso en gananciales) el ya es porpietario del 50%, por lo tanto, ese 50% no forma parte de la herencia.

Del otro 50% que era por gananciales de su mujer, le corresponde el minimo de usufructo del 10% por la edad que tiene.

Por lo tanto tendrá del piso 50% en plena propiedad y 10% del 50% restante en usufructo.

En cuanto al resto de cuestiones, deben ponerse en manos de un abogado que les estudie su caso concreto y la posible legislación autonómica. Como norma general, 1/3 de lo que el tenga esta obligado a dejarlo a los herederos legales (sus hijos) y los otros 2/3 si puede disponer (1/3 de mejora y 1/3 de libre disposición), por lo tanto, dejar todo a uno de los hijos (habiendo más), como norma general no es legal.

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