Realizar factura con deducciones e IVA

Nunca he realizado una factura y mi trabajo es por horas y desplazamiento. La empresa a quien le voy a cobrar me pide restar la retención a la base imponible y me comenta que el desplazamiento está exento de retenciones. Yo la factura que hice fue multiplicar las horas impartidas por el coste de la misma y luego multiplicar los km realizados por 0,19€. Al total le multipliqué el IVA y luego se lo sumé al total. Me gustaría saber cómo se hace correctamente dicha factura.

2 respuestas

Respuesta

Si que es cierto que los "Gastos" están exentos de IRPF pero los honorarios no, puedes fijarte en alguna minuta de honorarios profesionales y verás que está bien detallado.

Para que te hagas una idea:

HONORARIOS: 100,00€
KILOMETRAJE 19,00€

BASE IMPONIBLE: 119,00€
IRPF 15% (SOBRE 100): 15,00€
IVA 21% (SOBRE TOTAL): 24.99€
TOTAL: 128.99€

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Respuesta

Discrepo de la Asesoria GRG, aunque sea una opción beneficiosa para usted, no es la que la legislación actual le permita aplicar. La exención que se comenta está para los desplazamientos de los trabajadores, y usted es un profesional, por lo que todo lo que facture, ya le llame honorarios ya le llame gastos constituye la base imponible del IVA, y también de la retención, aunque sea una opción que no le guste.

Usted podrá deducir como gastos los efectivamente sufragados, en ningún caso podrá deducirse el Kilometraje, pero sí los gastos de combustible ocasionados, y siempre será un punto de conflicto que pudiera tener que acudir a los tribunales, dado que cuando el vehículo no se afecta de forma exclusiva a la actividad, no son deducibles ningún gasto, no obstante como le he indicado hay tribunales que han aceptado los gastos "directamente" relacionados.

Respecto a posibles comidas, con la ley del Trabajo Autónomo de Octubre del año pasado, se ha mejorado (según se mire) su tributación, y pueden ser deducibles en la medida que se produzcan en establecimientos de restauración y sean pagados con tarjeta de crédito o similar.

Por lo tanto, en mi opinión deberá de repercutir IVA sobre el total y soportar retención sobre la base imponible:

Ejemplo:

Honorarios... 100

Gastos... 20

Total ... 120,00

Retención 15% ... -18

IVA s/ 120 al 21% ...25.20

Total factura ... 127.20 Euros.

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