Libros de registro de ingresos y gastos

Perdona por robarte unos minutos. Soy arquitecto técnico y desde hace muy poco autónomo económicamente dependiente por lo que estoy más que verde en el tema de la contabilidad. Bueno, lo que necesito es una pequeña explicación de cómo rellenar los libros de registro de ingresos y gastos. Todos los meses paso una factura a la empresa con mis honorarios a los que le aplico el 15% de retención (sin IVA ya que soy de Canarias ni IGIC).
Libro de Registro de Ingresos:
- Al registrar una factura, ¿qué pondría en "tipo de operación"?
- ¿En "IVA repercutido: Régimen General / Tipo al....% / CUOTA"?
- ¿En "IVA repercutido: Recargo equivalencia / Tipo al....% / CUOTA"?
¿En los anteriores si no aplico IVA ni IGIC supongo que no pongo nada no?
- ¿El 15% de retención no lo tengo que reflejar? ¿Dónde? ¿Por qué en "Base Imponible" pongo la cantidad sin dicha retención verdad?
Libro de Registro de Gastos:
- En un gasto que tenga aplicado IGIC ¿qué pongo en "IVA Soportado / Tipo% / Deducible / No Deducible"?
Por último, ¿cómo paso de un año a otro? Tengo que pasar a una hoja nueva, ¿continuar en la misma cambiando sólo el año o tengo que usar libros nuevos?
Perdona por tanta ignorancia pero todo esto es nuevo para mi y puedo hacer todo suponiendo, pero prefiero hacerlo con seguridad.

2 Respuestas

Respuesta
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No he entendido bien si te refieres a la contabilidad como autónomo o a la contabilidad de la empresa a la que facturas o a ambas.
Libro de Registro de Ingresos:
- Al registrar una factura, ¿qué pondría en "tipo de operación"? Servicios prestados
- ¿En "IVA repercutido: Régimen General / Tipo al....% / CUOTA"? Nada
- ¿En "IVA repercutido: Recargo equivalencia / Tipo al....% / CUOTA"? Nada
¿En los anteriores si no aplico IVA ni IGIC supongo que no pongo nada no?
- ¿El 15% de retención no lo tengo que reflejar? Sí ¿Dónde? Tras la base imponible ¿Por qué en "Base Imponible" pongo la cantidad sin dicha retención verdad? Verdad
Libro de Registro de Gastos:
- En un gasto que tenga aplicado IGIC ¿qué pongo en "IVA Soportado / Tipo% / Deducible / No Deducible"? Si estás exento supongo que el soportado no es deducible, no sé cómo funciona en Canarias.
Por último, ¿cómo paso de un año a otro? Las facturas son correlativas 01/2010, 02/2010 y al año siguiente 01/2011 tengo que pasar a una hoja nueva, ¿continuar en la misma cambiando sólo el año o tengo que usar libros nuevos? Mejor libros nuevos.
Muchísimas gracias por contestar y hacerlo tan rápido. Me ha sido de bastante ayuda aunque sigo teniendo una duda: en el libro de registro de ingresos que tengo, después del apartado de "Base Imponible" están los apartados de "IVA Repercutido: Régimen General", "IVA Repercutido: Recargo Equivalencia" y finalmente el de "Total Factura" entonces, ¿Dónde coloco la retención?
Muchísimas gracias y disculpa las molestias. Un Saludo.
Tendrás que añadirlo o comprarte un libro con otro formato.
Respuesta
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Perdona que te conteste parcialmente, pues en Valencia no llevamos el IGIC, por lo que hay cosas que pueden ser parcialmente incorrectas.
Libro ingresos:
- Tipo de operación: habitual, honorarios servicios, proyecto, ... o extraordinario por venta de inmovilizado, ingreso financiero, subvención,... eso son los tipos de operación habituales.
- IVA REPERCUTIDO Y RECARGO: Exento por operación realizada en la Península.
- RETENCIÓN: Añade una columna y lo restas de la Base para llegar al total factura. La Base es anterior a aplicar la retención
Libro de Gastos: Pregunta a un experto de Canarias, no sé si el IGIC es deducible. En IVA soportado pon 0, Tipo 0, y No deducible.
Cada año o periodo impositivo (IVA, IGIC trimestral o mensual), debes empezar hoja nueva, aunque no obligatorio, si recomendable.
Perdona no poder aclararte lo del régimen Canario
Muchísimas gracias por contestar y hacerlo tan rápido. Me has ayudado bastante. Con respecto a lo de la retención, en el libro de registro de ingresos que tengo, después del apartado de "Base Imponible" están los apartados de "IVA Repercutido: Régimen General", "IVA Repercutido: Recargo Equivalencia" y finalmente el de "Total Factura" por lo que, ¿dónde coloco la retención?
Muchas gracias nuevamente y disculpa las molestias. Un Saludo.
En IVA reper: recargo (que nunca vas a usar siendo profesional), pon con buena letra, Retención sobre factura.
No es ninguna molestia

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