Vigencia de un contrato de alquiler para vivienda habitual.

Tengo un contrato vigente desde diciembre 2012. Se firmó para una primera duración de tres años y prorrogable anualmente.

La pregunta es si debo hacer otro contrato, debido a los años que hace que se firmó, aunque no tenga necesidad de cambiar nada del mismo.

3 Respuestas

Respuesta
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¿Eres el arrendador o el arrendatario?

Arrendador,  perdón por no haberlo descrito en la pregunta.

Si el contrato se estableció, como dices, "para una primera duración de tres años y prorrogable anualmente", y como arrendador te conviene seguir con el mismo arrendatario y no quieres hacer ningún cambio (por ejemplo subirle la renta), puedes dejar así las cosas, sin más. Eso sí, cada año, antes del vencimiento, podrías darlo por terminado aprovechando para hacer un nuevo contrato aumentando el alquiler, por ejemplo. Por cierto que, tal como están los alquileres, me sorprende que no menciones este punto.

Respuesta
1

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto.

Como la ley de arrendamientos urbanos se modifico en el año 2013, seguramente seria interesante firmar un nuevo contrato... pero como ya le ha preguntado el otro experto, dependerá de si usted es arrendador o arrendatario...

Respuesta
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Ese contrato sin necesidad de firmar nada se prorrogará hasta diciembre de 2020, por imperativo legal

Me imagino que según la respuesta que usted me ha dado se supone que me este contrato que tengo firmado se rige por la situación anterior a junio de 20 13.

Gracias.

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