Mi jefe no me da de bajo,pero no me llama a trabajar.

He estado trabajando como camarero en un restaurante desde mayo de este año. Trabajo todos los días durante 8 horas, pero el contrato de trabajo es de solo 4 horas. Trabajo desde 9:30 a 17:30, solo puedo trabajar en el turno de día, porque tengo un hijo pequeño. Ahora el dueño me dice que en noviembre no abrirá un restaurante por la mañana, sino solo por la noche. Y me dice: "Espero que me entiendan". Me sigue teniendo de alta, pero no trabajo ahora y no gano ni un duro! ¿Qué voy a hacer en este caso? Dijo que si hay mucho trabajo por la mañana, se puede abrir en diciembre. Y si no, entonces hasta marzo el restaurante no abrirá por la mañana. Así me lo hizo la segunda vez. Lo mismo sucedió en septiembre y no trabajé durante 2 meses. Por que el me ha dicho que no hay clientes. Y, por supuesto, no me pagó. El me tiene como"por si a caso", sin pagar me nada, solamente cotizando 4 horas diarias. ¿Qué puedo hacer?

2 respuestas

Respuesta
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Si te cotiza, cosa que deberías confirmar pidiendo una vida laboral al teléfono 901502050, debería pagarte el salario y por supuesto darte ocupación. Mientras tanto, y conforme a mi pobre opinión, aprovecharía para buscar trabajo en otro sitio. Y si no te cotiza debería pagarte un despido.

Respuesta

I. Hola.

Victoria, a la respuesta del experto José Enrique, añadir que pienso, la situación en la que se encuentra es conocida como "Sindróme Boreout",

https://psicologiaymente.com/organizaciones/boreout-aburrimiento-trabajo 

https://www.elpais.com.uy/el-empresario/perverso-sindrome-boreout.html 

Un poco más de información sobre este problema por si le fuese de utilidad. Mucho ánimo y suerte.

https://loentiendo.com/empresa-no-da-carga-de-trabajo/ 

Artículo 30

Si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato porque el empresario se retrasare en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador, éste conservará el derecho a su salario, sin que pueda hacérsele compensar el que perdió con otro trabajo realizado en otro tiempo.

https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:1FgEfVkU_EwJ:https://www.estatutodelostrabajadores.com/a30-imposibilidad-de-la-prestacion/+&cd=2&hl=en&ct=clnk&gl=es&client=firefox-b-ab 

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