Vale la pena recurrir por fallo en luces antiniebla?

Este fin de semana estuve de viaje con mi pareja a 200 km de valencia. El sábado noche me empezó a fallar las luces y me marcaba en el panel un fallo de luz y el icono de las antiniebla.

El tema es que el domingo bajando a valencia sobre las 15.45 me paro la guardia civil de trafico y me multo porque llevaba encendidas las antiniebla de día, le comente que desde anoche me da ese error y no se pueden desconectar ni desde el botón y que hasta que no bajase a valencia y el lunes fuese al taller no podía arreglarlo, la cosa es que le dio exactamente igual y me multo.

El lunes en el taller me dijeron que tenia fallo en un cable que se había soltado o roto y por tanto fallaba una luz de cruce y se encienden las antiniebla solas sin posibilidad de quitarlas para poder así alumbrar debido al fallo de la de cruce, claro al ir por montaña si paso por alguna zona donde tapa la montaña se enciende o debido a algún bache.

El tema es teniendo el presupuesto de la reparación donde el mecánico a puesto el porque del fallo, es factible o no recurrirlo o es mejor abonar la multa para ahorrar el 50%.

Respuesta

¿Por cierto que coche es?

Menudo peliculón...

¿Un testigo de fallo de luces? ¿Un icono de antiniebla? Y que se enciendan y no puedas apagarlas... imposible.

¿Y encima de día? ¿Con las luces apagadas? Mmm

Tengo video si quieres es fácil me pasas tú tfn y te mando por Whatsap el vídeo, no me importa y así me dice que le parece.

Es un BMW 330 CD del 2006 con luces xenon

Si, tu tienes razón, de ese año con xenon puede suceder... me pase de listo, lo siento.

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Si lleva las antiniebla puestas en casos en los que no deben ser usadas, recurrir la sanción es una pérdida de tiempo. Las luces antiniebla, usadas incorrectamente, suponen un peligro para la seguridad del tráfico, puesto que deslumbran más de lo normal. Del mismo modo puede ser sancionado por llevas las luces largas cuando tiene tráfico en sentido contrario. La razón es la misma.

Ahora bien, en una parte de su relato dice que "(...) claro al ir por montaña (...)". Si se trata de una carretera estrecha y con muchas curvas, la norma permite el uso de las antiniebla (aunque personalmente, nunca he comprendido ni compartido esta excepción). Concretamente, la norma dice:

"La luz antiniebla delantera sólo podrá utilizarse en dichos casos(*) o en tramos de vías estrechas con muchas curvas, entendiéndose por tales las que, teniendo una calzada de 6,50 metros de anchura o inferior, estén señalizadas con señales que indiquen una sucesión de curvas próximas entre sí, reguladas en el artículo 149."

(*) se refiere a un párrafo previo en el que se enumeran situaciones de poca visibilidad

¿Le detuvieron a usted en un tramo estrecho de muchas curvas? En ese caso, podría tratar de recurrir.

No fue ya bajando de Albarracín cerca de pillar la autovía, el problema es que debido al fallo eléctrico se encienden solas las antiniebla y aunq intenté quitarlas no me deja. No es porque quisiera yo llevarlas es debido a un fallo eléctrico por un cable. Por lo visto debido a un bache o paso el sensor del coche detecto que se tenían que encendió ser las luces y al estar mal un cable se encienden las antiniebla sin posibilidad de desconectarlas.

Ya. Pero si tiene usted una avería que provoca que incumpla el código de circulación, quizá no deba continuar circulando. Obviamente no es lo mismo, pero imagine que la situación es que circula de noche y se le averían las luces cortas. ¿Circularía usted con las largas?

Entiendo su situación y, muy probablemente, la mayoría de nosotros habría seguido circulando, como hizo usted. Pero aún así, supone una infracción que puede ser sancionada. Por tanto, aunque pueda usted recurrir, creo que las posibilidades de éxito son limitadas. Y, a cambio, perdería la bonificación del 50%.

Ya si no digo que no sea sancionada, si el problema es que puede si quiere informarse, tengo un BMW y por lo visto tanto en mi coche cm en los actuales en el momento que falla una luz de Cruze, el coche automáticamente para que alumbre enciendeas antiniebla quiera el conductor o no, y por desgracia no puedes desconectarlas a no se supongo que quitarás las bombillas, que son de xenon y no tengo ni idea de cómo va, por tanto lo dicho al dar un fallo eléctrico y por tanto fallar una de xenon me conecta las antiniebla sin posibilidad de desconectarlas para alumbrar más, ya sea de día o de noche porque van con sensor.

A demás de ser festivo dónde está todo cerrado y de estar fuera, no es lo mismo que me pille en mi zona y diga no cojo el coche y voy en moto o autobús .

Pero es entendible lo que usted me dice por eso pido consejo y opinión

Si entiendo perfectamente su situación. Ya le digo que yo, personalmente, seguramente también habría seguido circulando. Pero la pregunta no es ésa. Usted pregunta si le conviene recurrir. Y ahí en donde lo que le planteo yo es que, dado que la infracción existe, si recurre se expone a salir perdiendo.

Seguramente nos podamos plantear si hubo un exceso de celo en la actuación del guardia civil. Tras sus explicaciones, posiblemente pudo mostrar algo de comprensión y empatía, y dejarle ir sin sanción. Pero, por los motivos que sea, no lo hizo.

Usted no puede delegar la responsabilidad del cumplimiento de las normas de circulación en su vehículo. Si un vehículo, por diseño, tiene alguna configuración que provoca un incumplimiento del código de circulación, la responsabilidad recaerá en el conductor, que es quien decide seguir circulando en esas condiciones. A lo sumo, si lo considera oportuno, podría reclamar al fabricante.

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Buena respuesta, Poliplos.

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