Plazo seguro tras rescisión de contrato inmobiliario

Quería hacerles una consulta.

Pretendo comprar una casa usada. Fuí a verla y firmé hoja de visita. Fallo mío hacerlo a sabiendas de la comisión que me iban a cobrar (expresada en €, no en %), pero así lo hice, un tanto disperso y sin pensarlo en frío, completamente novato e ilusionado por entrar a verla.

La comisión que pretende de mi la inmobiliaria es del 18% del valor de la casa. E imagino que al vendedor otro tanto. A mi me parece un disparate y directamente usura. Ellos alegan que es "su mínimo". Pero en contexto es de locos. 18%.

Preguntando por la zona podría saber quiénes son los dueños.

Mi pregunta es la siguiente: si tras intentar negociar esa locura de comisión no llegásemos a un acuerdo e hipotéticamente el vendedor rescindiese el contrato con la inmobiliaria, cuánto tiempo ha de transcurrir para yo poder comprársela a él directamente con total seguridad de que no me pueden exigir honorarios.

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2 respuestas

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El problema es si la inmobiliaria encuentra algún comprador para la vivienda por el precio que marca el vendedor y este dice que no para vendértelo a ti.

¿Sabes si el propietario del piso tiene puesto cartel de se vende como particular o hay otra forma de conocer el inmueble aparte del anuncio de la inmobiliaria?

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Habría que leer que firmó usted en esa hoja de visita, esa"comisión" me parece abusiva, pero le puede perjudicar si usted la aceptó con su firma.

Por otra parte si esa inmobiliaria tiene contrato de intermediación con el dueño, no va a poder "puentearla" aunque se dirija directamente al propietario.

Gracias Pedro. A ver, la pregunta original iba directamente enfocada a esto. Si tiene contrato de intermediación, no puedo puentear. Si firmé una hoja de visita, no puedo puentear.

Pero si el contrato se rescinde y pasan X meses, o un año, o dos, lo estipulado en algún sitio de su contrato o mi hoja de visita si lo hubiese, entonces qué pasa? O acaso ya de por vida no puedo comprar esa casa si no es a través de la inmobiliaria? Si el dueño decide dejar de venderla y ponerla en venta en 6 meses, o un año, y casualmente yo la vuelvo a ver, eso sigue siendo ilegal?

La respuesta hay que enfocarla desde el punto de vista contrario, la inmobiliaria tiene derecho a percibir sus honorarios en tanto en cuanto la operación de compraventa se haya llevado a cabo merced a su intermediación.

¿Sin límite de tiempo? Vale, vi el anuncio por ellos, intenté hacer trato y no salió. ¿Ya nunca más podré comprar esa casa sin pagarles a esos señores? ¿Ata de por vida su mediación? ¿Incluso si pasado el tiempo fuese otra inmobiliaria la que gestionase de nuevo la venta, tendrían derecho a reclamarme por aquella visita?

Evidentemente el transcurso del tiempo cancelará la posibilidad de que la inmobiliaria demuestre que su intermediación ha sido la causa de esa venta, ¿cuánto tiempo? Eso lo decidirá el juez si la inmobiliaria invoca su derecho, no hay una norma que determine ese plazo.

En mi blog www.pedrohernandezabogado.com tiene tratado este interesante tema con sentencias que resuelven casos similares.

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