¿Esta considerado como vivienda o como local?

Mis padres disponen de una plata baja en Barcelona en un edificio en 1954. Siempre me han dicho que es un local-vivienda.

En la escritura, en la descripción de la finca pone: Departamento número dos: Local planta baja [...]. Se compone de local, propiamente dicho con transtienda y dos dormitorios, comedor-cocina, aseo y lavadero.

¿Esto qué significa? ¿Es un local o una vivienda?

Según el catastro el uso es comercial.

¿Qué prevalece el catastro o la escritura?

¿Necesito hacer un cambio de uso para hacer una vivienda o legalmente ya lo es, por lo que podré obtener la cédula?

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