Emision facturas despues traspaso clinica

Si después de traspasar un negocio, un cliente solicita factura de un servicio recibido con anterioridad al traspaso, ¿quién tiene que emitir dicha factura? ¿El anterior propietario o el nuevo?

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Respuesta

Las facturas deben de tener una numeración consecutiva y conforme a una fecha, es decir que si emites 10 facturas en enero, a partir de febrero será de la 11 en adelante, por lo que si se ha cerrado el ejercicio 2018 y estás en 2019, no podrás emitir factura ya que siguiendo la numeración no correspondería con la numeración ni con el periodo, cometiendo un error y posible irregularidad fiscal ya que denota que no se han declarado todos los ingresos del periodo.

Si tuvieras inspección fiscal por ello, llámanos y te ayudaremos

www.gescom.net

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Existe un plazo para la expedición de las facturas contemplado en el reglamento de facturación. Para el caso de servicios prestados a particulares, debe realizarse en el momento que se presta. Por lo tanto, debe estar expedida por el que realizó el servicio.

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