Estimada Nilda:
Si estuviera en su país de origen, la Ley le concede beneficios para aplicar a una residencia en España, al tener un abuelo español de origen, como por ejemplo, ser contratado por cuenta ajena en España sin que se aplique la situación nacional de empleo. Sin embargo, si ya se encuentra en España, deberá esperar tener 3 años de estancia en España para regularizarse por medio del arraigo social, o si tiene un familiar español más cercano, que pueda reagruparle, como cónyuge/pareja, padres, hermanos, etc, que podrá aplicar en cualquier momento.
Una vez tenga usted residencia legal en España, al año de residencia podrá optar a la nacionalidad española por medio de su abuelo. Pero es necesario tener residencia primero.
Puede enviarnos su consulta por medio de nuestra web para ver si aplica a algún tipo de residencia en su situación: https://lareailg.com/consulta-web-gratuita/