¿Es obligatorio firmar nosotros mismos los procedimientos en el juzgado o es el papel de nuestro abogado?
Aunque vivimos en el extranjero, nuestro abogado nos pregunta viajar a España "para dos firmar los procedimientos en el juzgado". No es suficiente su asistencia para presentar la demanda el mismo, ¿sin qué tengamos que hacer este desplazamiento? Además, existe la posibilidad de facilitarle todo documento firmado de Francia, ¿no es así? ¿Es obligatorio nuestra presencia física o podemos evitar hacer este largo viaje para unicamente firmar documentos?
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Respuesta de Juan Carlos Grisolía
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